RAÚL ÁVILA FORERO

El botín de los carteles empresariales

La persecución de carteles empresariales en Colombia ha dado con la identificación de cerca de 50 asociaciones en lo que va de esta década, tanto en el sector privado como en las licitaciones de obras públicas. Los daños a nivel económico, industrial, comercial y social son incalculables. Se plantea como vital prestar atención a los comportamientos irregulares en el mercado y acudir con la institución competente ante sospecha de cartelización.

Raúl Ávila Forero, Raúl Ávila Forero
2 de julio de 2018

A groso modo, los carteles empresariales son asociaciones informales e ilegales de empresas, que se llevan a cabo para controlar el desarrollo de un mercado de manera focalizada: bien sea a través de las cantidades que producen, de las cantidades que comercializan o, la forma más común, de los precios a los que acuerdan vender sus productos. Varias investigaciones han arrojado que la subida en precios de los cárteles, que no son consecuencia directa de la inflación, oscila entre el 10% y el 30%, disminuyendo la demanda atendida y reduciendo los incentivos para la innovación.

Por lo general, lo que sucede en un ambiente empresarial de sana competencia es que las rentabilidades se obtienen de una diaria lucha en la que una empresa desea disminuir los costos y gastos en lo máximo posible para que al vender sus productos, al precio que fija el mercado, pueda aumentar sus beneficios económicos. Y eso, siendo únicamente un ejemplo convencional bajo un modelo económico conocido como competencia perfecta.

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Si usted como consumidor tiene una aproximación cercana a un mercado, sea gran superficie o tienda de barrio, podrá notar que, por productos parecidos, los precios varían dependiendo de la marca, de la cantidad, del diseño o de las propiedades que usted solicite. Cuando desea comprar una bebida 1,5 litros para complementar su comida, le ofrecerán una gran variedad de marcas y sabores y, dependiendo de todas estas características, podrá variar su precio entre una bebida y otra. Allí el precio puede ser un determinante de fuerza para que usted elija cuál comprar finalmente.

Pero qué pasaría si, deseando usted comprar la misma bebida 1,5 litros, le ofrecen el mismo precio en todas las presentaciones, siendo incluso mucho más alto al precio máximo descrito anteriormente en el caso de sana competencia. Un caso como este, tiene repercusiones sobre su bolsillo, teniendo que pagar un precio superior por cualquier opción que le presenten. Detrás de eso, precisamente, existe un acuerdo en precio que realizaron las empresas de bebidas para venderle a usted la presentación de 1,5 litros al precio que decidieron en dicho acuerdo.

Entonces, ¿por qué es ilegal? Justamente porque son acuerdos que se hacen con el propósito de perjudicar al consumidor con tal de obtener más dinero vía utilidades. Aparte, esta es solo una negociación que tiende a hacerse entre unas pocas empresas del mercado. Es decir, las empresas que llegan a estos acuerdos también perjudican a los competidores que sí juegan limpio, solo que para afectarlos usan otro tipo de estrategias.

Por ejemplo, para perjudicar la producción de una empresa pequeña X (en comparación con las empresas del cártel) pueden negociar un acuerdo llamativo con el proveedor – único o más importante – de dicha empresa X para que ya no le venda más insumos, sino que se dedique a proveer para la(s) empresa(s) del cártel, a cambio de una generosa compensación. Esto tendrá fuertes afectaciones en sus niveles de producción, de ventas y, por ende, de sus beneficios económicos, dificultando así la supervivencia de las empresas más pequeñas.

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Algo así también funciona para los distribuidores, en donde lo que se pretende es tomar todos los posibles canales de distribución para que otras empresas, que no hacen parte del cártel, queden imposibilitadas para vender sus productos. Obviamente este es solo un contexto muy pequeño, dada la infinidad de estrategias que existen en estas prácticas para perjudicar a los participantes del mercado.

Lamentablemente, esta es una realidad que se presenta frecuentemente en nuestro contexto empresarial. Al parecer, es una práctica muy buscada por modelos de empresa que ponen el fin muy por encima de los medios.

En 2010, se reportó el caso más grande y más recordado en el país, especialmente por los bogotanos, gracias al cártel de la contratación o, más conocido como el carrusel de la contratación. En este, el alcalde de la época junto a otros ex congresistas, ex funcionarios del IDU y los hermanos Nule hicieron una millonaria repartición de contratos y desviaron los anticipos de las construcciones relacionadas a sus cuentas privadas.

En contraste, por el sector privado, desde 2013 hasta 2017, algunos de los casos más sonados por los colombianos ha sido el cartel azucarero, el de cemento, el de los medicamentos, del papel higiénico, de los cuadernos y de la contratación con servicios de seguridad. En varios de estos, se han visto envueltas multinacionales que llegaron a atentar contra las personas más vulnerables de nuestro país.

Ante ello, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha reportado un aproximado de multas por el orden de los $1,5 billones, en donde los recursos recuperados han sido girados a la tesorería del Ministerio de Hacienda.

No obstante, ninguno de estos fondos va dirigido a la reposición de consumidores o competidores afectados. Por ello, es muy importante prestar atención a cualquier señal de afectaciones a la libre competencia, dado que entre más sobrevive un cartel, mayores son los daños producidos en dicho tiempo. Para eso, están las líneas de atención de la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- que, incluso, tiene desplegado un programa de beneficios por colaboración para delatores que llegaron a ser parte del cartel. No se deje engañar: todos tenemos poder como consumidor y como competidor, y este es la clave para desarmar los carteles empresariales.

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