MIGUEL ÁNGEL HERRERA

Telemedicina: ¿sueño o realidad?

De telemedicina hablaba ya el presidente Duque desde antes de la pandemia. Recuerdo que la mencionó como una de las prioridades del ministro Ruiz, en su evento de posesión, el 3 de marzo de este año.

Miguel Ángel Herrera, Miguel Ángel Herrera
14 de mayo de 2020

Pocos creímos que debía ser una prioridad, pero la pandemia le está dando la razón al jefe de Estado, no solo porque contribuye al distanciamiento que necesitamos ahora, sino porque sacude a nuestra sociedad, a nuestra cultura y a nuestro sistema de salud hacia la adopción de un modelo, que sin covid-19, se hubiera tardado al menos una década más en despegar seriamente en nuestro país.

Los retos para que la telemedicina vuele a velocidad de crucero, no son menores. A primera vista parece un asunto tecnológico, pero en realidad es un asunto de complejidad cultural, regulatoria y económica. Bill Gates afirma que los computadores se vuelven muebles decorativos en contextos sin cultura para adoptarlos. Y que con cultura, son poderosos transformadores socioeconómicos. Nada diferente a lo que sucede con la telemedicina, cuya principal barrera es la costumbre, tanto de pacientes como de médicos e instituciones del sistema. Aquí nos gusta vernos, que nos examinen físicamente, echar carreta con el médico y cargar las radiografías debajo del brazo. 

Pero como la cultura no se cambia por decreto, el Gobierno nacional ha enfocado mejor sus esfuerzos en regular el servicio, la tecnología, los agentes y los procesos. Y hay avances interesantes. La Ley 1419 de 2010 estableció los lineamientos para el desarrollo de la telesalud en Colombia definiendo conceptos claves como telesalud, telemedicina y teleeducación. Y estableció que tanto prestadores (hospitales) como aseguradores (EPS) podrían ofertar la telemedicina  como una modalidad de  prestación de servicios (no es un servicio per se). 

Más recientemente, en 2019, el Ministerio de Salud comenzó a organizar la telemedicina a través de la resolución 2654, la cual establece los parámetros para la práctica de la telemedicina y de la telesalud (¡no son lo mismo!) así como las disposiciones para el uso de los medios tecnológicos. Esta resolución incluye los lineamientos para la prescripción de medicamentos y la autorización de servicios con cargo al sistema de salud. Así, la telemedicina hace parte del plan de beneficios en salud de todos los colombianos.

Habla bien de Colombia que la covid-19 no nos haya pillado sin marcos regulatorios para el ejercicio de la telemedicina. Marcos que fueron complementados por recientes documentos técnicos, el decreto legislativo 538, la resolución 536 y la 521, todos del 2020, enfocados en la atención ambulatoria de población en aislamiento preventivo obligatorio, definiendo los medios para la atención como la consulta telefónica, la virtual, la teleorientación y la atención domiciliaria. El decreto 358 estableció adecuar locaciones, prestar servicios en situaciones diferentes a las habilitadas, y así mismo definió condiciones temporales para la implementación de plataformas tecnológicas para la telesalud.   Pero, pese a los avances,  aún subsisten vacíos regulatorios y técnicos importantes, que requieren respuesta rápida para evitar perder el momentum

No tenemos la infraestructura adecuada en muchas zonas del país, pero particularmente en las áreas rurales apartadas y rezagadas por el conflicto y la pobreza. Faltan mínimos vitales como la conectividad que -de no resolverse- harán imposible la aplicación del avanzado marco regulatorio. Recién esta semana el Hospital San Rafael de Leticia, por ejemplo, se pudo conectar adecuadamente para comenzar a realizar telesalud (teleorientación y teleapoyo). ¿Cuándo conectaremos a más regiones del país señora ministra de TIC?

Una vez conectadas, las instituciones requieren plataformas tecnológicas para habilitar la telesalud y la telemedicina. Se requiere aquí que el Estado lleve de la mano a las entidades públicas y privadas que prestan servicios de salud para que la adquisición y adecuación de esas plataformas estén alineadas con el servicio a prestar, y no al revés. 

Pero lo que más requiere en este momento el país es pedagogía. Los primeros en recibirla deberían ser los prestadores (hospitales y clínicas), el talento humano en salud y los pacientes y cuidadores. El sistema general de habilitación en salud, liderado por el Ministerio de Salud, establece la capacitación mínima técnica que el talento (no solamente médicos) debe recibir por parte de los prestadores para operar la telesalud y la telemedicina. Capacitación que aún no ofrecen muchos prestadores que están operando servicios de salud mediante la modalidad de telemedicina. ¡La Superintendencia de Salud debería sancionar esta mala práctica!

El Gobierno nacional debería también articular y activar a las Secretarías de salud de los departamentos y municipios para lanzar campañas educativas que faciliten la comprensión del marco regulatorio y de las posibilidades tecnológicas de la telesalud y la telemedicina, tanto para las entidades prestadoras como para pacientes y cuidadores. 

Necesitamos así mismo una estrategia interministerial (Salud-Educación-TICs) para cambiar hábitos y costumbres de todos los actores del sistema que apunte a lograr que los pacientes tengan confianza en la telesalud y la telemedicina, y que el talento humano en salud quiera adoptarla sin temores. De lo contrario no vamos a superar ese ínfimo 1% (sí, ¡uno por ciento!) que apenas hoy tenemos en Colombia de entidades prestadoras habilitadas en esta modalidad. 

No lo lograremos si además el Gobierno nacional, las sociedades científicas y la industria de telemedicina no levantan evidencia sólida sobre la efectividad de esta opción, porque aun cuando no hay duda de que es un poderoso instrumento de equidad y acceso, no se ha logrado demostrar que su efectividad es equivalente al servicio en modalidad presencial. 

¿Sueño o realidad? Saquen sus conclusiones.