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Supersociedades impone multa a DMG

La entidad impuso una multa de $92.300.000 contra la sociedad DMG GRUPO HOLDING S.A., y $50.000.000 contra la representante legal de la misma.

30 de octubre de 2008

La Superintendencia de Sociedades impuso multas por $92.300.000 contra la sociedad DMG GRUPO HOLDING S.A., y $50.000.000 contra la representante legal de la misma, Cristina Isabel Lara Vega, por el incumplimiento de varias órdenes emitidas por la Supersociedades. La imposición de estas multas no exonera a los multados del cumplimiento de todas las órdenes impartidas.


Igualmente, impuso multas sucesivas diarias por $10.000.000 contra DMG GRUPO HOLDING S.A., y $2.000.000 contra su representante legal por cada día común de incumplimiento a las órdenes impartidas por esta Superintendencia desde el pasado 11 de julio de 2008. Estas multas sucesivas se generarán a partir del día siguiente a que quede en firme la decisión y hasta el día en el que acrediten el cumplimiento de todas las órdenes impartidas.


Investigación administrativa
La decisión es el resultado de investigaciones administrativas iniciadas el 2 de abril de 2008 con base en las facultades que le confiere a Supersociedades la Ley 222 de 1995. Posteriormente, el 11 de julio, como resultado de las inconsistencias de carácter jurídico y contable que se encontraron en desarrollo de la investigación administrativa, se impartieron las órdenes con el fin de normalizar la situación de la empresa y garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales que, para la fecha de la diligencia, se evidenciaban incumplidas, fijando términos para el cumplimiento de las mismas.


Luego, el 13 de agosto, se constató el incumplimiento a los términos filados, omitiendo la acreditación del cumplimiento a las órdenes impartidas y entendiéndose la permanencia de las irregularidades jurídicas y contables señaladas que, consecuentemente, restringen el acceso a la información por parte de los terceros interesados e impiden la verificación de otras eventuales inconsistencias que ponen en riesgo la prenda general de los acreedores.


Y el 14 de agosto la Superintendencia reiteró a la sociedad, a través de su representante legal y su revisor fiscal, la necesidad de dar cumplimiento y les solicitó explicar las razones por las cuales no acataron oportunamente las órdenes impartidas. No obstante la sociedad no presentó respuesta pese a que el plazo señalado para ello estaba ampliamente vencido.
Contra la decisión procede el recurso de reposición.


*La Superintendencia de Sociedades es un organismo técnico, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, así como las facultades que le señala la ley en relación con otras personas jurídicas o naturales.