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Por decreto se enajenan acciones de Corabastos, Cavasa y Centroabastos

En estas normas se establece el precio por acción de cada una de las centrales de abastecimiento de alimentos. Este programa de enajenación fue adoptado a través del Documento Conpes 3281 del 19 de abril del 2004.

25 de octubre de 2007

Por medio de los decretos 4057, 4048 y 4059 del 24 de octubre de 2007, el Gobierno Nacional aprobó la enajenación de acciones que el Ministerio de Agricultura posee en la Corporación de Abastos de Bogotá (Corabastos), en la Corporación de Abastecimientos del Valle del Cauca (Cavasa) y en la Central de Abastos de Bucaramanga (Centroabastos).

 

A través de una noticia publicada en la página de internet de la Presidencia de la República, el Gobierno señaló que este programa de enajenación de acciones se diseñó con base en estudios técnicos realizados a través de instituciones privadas e idóneas, contratadas para realizar el avalúo y determinar el precio de venta.

Mediante el Documento Conpes 3281 del 19 de abril de 2004, el Consejo Nacional de Política Económica y Social recomendó al Gobierno Nacional adoptar este programa de enajenación.

Posteriormente el pasado 27 de agosto el Consejo de Ministros emitió concepto favorable sobre este programa.

Según lo explicó el ministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, en el mes de diciembre se iniciará el ofrecimiento de las acciones al sector solidario y luego al público en general. “Ofrecemos durante 60 días al sector solidario a partir de diciembre, de pronto un poco antes, y después durante otros 60 días al público”, dijo.

El funcionario explicó que los recursos de esta enajenación, serán empleados para ampliar la inversión social del Gobierno Nacional y no representa un riesgo para la seguridad alimentaria de los colombianos.

“La seguridad alimentaria del país no depende de la participación del Gobierno en estas centrales, ya que éstas administran y arriendan bodegas y espacios a los comerciantes, pero no producen alimentos ni vende alimentos. La seguridad alimentaria depende de la reactivación económica del campo, y eso se logra con inversión en las zonas rurales. La inversión es posible si tenemos recursos, y parte de esos recursos se obtienen con estas iniciativas”, dijo el funcionario.

Corabastos, Bogotá : Según el Decreto número 4058, el Ministerio de Agricultura es propietario de 278.441 acciones emitidas por Corabastos de Bogotá, equivalente al 13,52 por ciento del capital suscrito y pagado de esta sociedad.

El precio fijo por acción de la Corporación de Abastos de Bogotá, Corabastos Bogotá, será de 53.062 pesos con cuatro centavos.

Cavasa, Valle del Cauca: El Decreto 4057 contempla que el Ministerio de Agricultura es propietario de 1’183.182 acciones ordinarias, totalmente suscritas y pagadas emitidas por la Corporación de Abastecimientos del Valle del Cauca, Cavasa.

Este número de acciones equivalen al 13,93 por ciento del total del capital de esta central de abastecimiento.

El artículo quinto de esta norma dice que las acciones de Cavasa se ofrecerán a un precio fijo de 1.972 pesos con 29 centavos cada una.

Centroabastos, Bucaramanga: El Decreto 4059 del 24 de octubre de 2007, establece que el Ministerio de Hacienda es propietario de 6’910.333 acciones ordinarias de la Central de Abastos de Bucaramanga, Centroabastos, equivalentes al 27,64 por ciento del capital de esta sociedad.

Por su parte, el Ministerio de Agricultura posee 2’696.455 acciones ordinarias de esta central, lo que representa un 10,79 por ciento del capital pagado y suscrito.

De esta manera el Gobierno enajenará su participación del 38,43 por ciento en la central de abastos de Bucaramanga.

Las acciones de esta central serán ofrecidas a un precio de 1.045 pesos con treinta centavos cada una.