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Aunque el negocio de las pensiones voluntarias se relaciona principalmente con las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP) de las 16 firmas que prestan este servicio, siete son fiduciarias y precisamente, Fidudavivienda, es la que tiene más afiliados de todo el sistema (25% de los 609.125 cotizantes de pensiones voluntarias). | Foto: Archivo Semana

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Activos administrados por fiduciarias alcanzan 32% del PIB

Las 27 sociedades fiduciarias que operan en el país terminaron 2011 con activos administrados por $198 billones, suma que equivale al 32% del Producto Interno Bruto (PIB) y que duplica a la registrada en el año 2000, cuando alcanzaba el 32%.

17 de febrero de 2012

Las fiducias de administración y pagos, que incluyen la administración de procesos de titularización, de carteras y de procesos concursales, son las que responden por la mayor parte de los activos, con $57,5 billones, pero fueron las fiducias de inversión, que incluyen fondos de inversión extranjera, cuentas de margen y administración de inversiones de fondos mutuos de inversión, las que más crecieron el año pasado (64%), al sumar activos por $19,8 billones.

Estas cifras fueron presentadas por Stella Villegas de Osorio, la nueva presidenta de Asofiduciarias, el gremio del sector, quien también señaló que la única rama de su actividad, cuyos activos administrados cayeron en 2011, fue la que corresponde a los fondos de pensiones voluntarias, con una disminución de 2%, provocada por el mal desempeño que tuvieron los mercados de valores, así como por los retiros realizados por los cotizantes.

De hecho, aunque el negocio de las pensiones voluntarias se relaciona principalmente con las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP) de las 16 firmas que prestan este servicio, siete son fiduciarias y precisamente, Fidudavivienda, es la que tiene más afiliados de todo el sistema (25% de los 609.125 cotizantes de pensiones voluntarias).

Para este año, el plan de la industria fiduciaria es sacarle jugo a dos leyes recientes: el estatuto anticorrupción (Ley 1474 de 2011), en el que cual se establece que los anticipos para obras, concesiones o licitaciones públicas, deben ser administrados por fiduciarias. Así mismo, la ley de Asociaciones Público Privadas (la 1508 de 20212) decreta que estas deben manejarse con un instrumento fiduciario.