Gerardo Hernández, superintendente financiero.

Interbolsa

Comprobada captación de dinero de Rentafolio Bursátil

Hace unas semanas la Superfinanciera anunció que se inició una investigación sobre el tema a la firma relacionada con el Fondo Premium y este martes ordenó suspender inmediatamente esas actividades.

7 de mayo de 2013

La Superintendencia Financiera de Colombia reveló la primera decisión que surgió como resultado de las investigaciones que adelanta a varias firmas relacionadas con “Premium Capital Appreciation Fund B.V.”

A través de la Resolución 0844 de 2013 adoptó una medida administrativa mediante la cual se ordena a Rentafolio Bursátil y Financiero S.A.S. suspender inmediatamente las actividades que constituyen captación o recaudo no autorizado de dineros del público.

De acuerdo con los reportes de las visitas realizadas por la entidad de control para analizar la operatividad del negocio en lo relacionado con el recibo de dineros del público, la empresa no entregó evidencias en las que conste que dio a cambio un bien o servicio.

Adicionalmente, no se identificaron razones financieras lógicas en operaciones mediante las cuales dicha firma realizó pagos a personas por concepto de retiros de capital y/o de reconocimiento de rendimientos a cargo del fondo “Premium Capital Appreciation Fund B.V.”.

Como resultado de las operaciones seleccionadas se pudo establecer que la Sociedad Rentafolio Bursátil y Financiero S.A.S. recibió dineros de al menos 35 personas por un monto de $10.297.598.199 y reconoció el pago de rendimientos a 34 personas por la suma de un $1.802.457.339 sin explicar la relación comercial o contractual existente.

La Superintendencia Financiera ordenó remitir, además, a la Fiscalía General de la Nación copia del expediente de la actuación administrativa y de la Resolución 0844 de 2013 para las investigaciones propias de su competencia.

Así mismo, solicitó a la Superintendencia de Notariado y Registro y al Ministerio de Transporte impartir instrucciones a sus diferentes dependencias para que se abstengan de registrar cualquier acto o contrato que afecte el dominio de bienes de propiedad de la la empresa, salvo que dicho acto haya sido realizado por el agente interventor que designe la Superintendencia de Sociedades, autoridad que una vez asuma la actuación será la única competente para disponer de los respectivos activos.

También ordenó a los establecimientos de crédito, sociedades fiduciarias, sociedades comisionistas de bolsa, sociedades administradoras de fondos de pensiones voluntarias y sociedades administradoras de Inversión, congelar inmediatamente los depósitos, inversiones, derechos fiduciarios, pensiones voluntarias y participaciones en carteras colectivas de los cuales sea titular o beneficiaria la Sociedad Rentafolio Bursátil y Financiero S.A.S.

Dichas entidades deberán comunicar y poner inmediatamente a disposición de la Superintendencia de Sociedades los conceptos y los saldos de los recursos de la mencionada sociedad que se llegaren a congelar como consecuencia de esta medida administrativa.