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Gustavo Lenis, presidente de Neocorp. | Foto: Semana

PLEITO

Nuevo round en el caso Hyundai: Mattos contraataca

Hyundai Colombia Automotriz rechazó las declaraciones de Neocorp que desmentían los rumores sobre una negociación con el señor Carlos Mattos y sugerían una supuesta mora del Juzgado Sexto Civil.

20 de septiembre de 2016

El pasado 16 de septiembre, Neocorp (el distribuidor autorizado de la marca Hyundai en Colombia), desmintió los rumores sobre una negociación con el señor Carlos Mattos y su compañía Hyundai Colombia Automotriz (HCA), anterior representante en el país de esta marca.

“La única solución para la venta de carros Hyundai en Colombia depende de la decisión que en derecho profiera el Juez Sexto Civil del Circuito de Bogotá, Reinaldo Huertas, quien tiene más de 79 días hábiles sin decidir las peticiones para levantar las medidas cautelares cuando para decretarlas se tomó tan solo cuatro días hábiles”, señaló Neocorp en un comunicado.

Posteriormente HCA se pronunció y señaló que no es cierto lo que sugiere Gustavo Lenis sobre una supuesta mora judicial del Juez Sexto Civil del Circuito de Bogotá. Según HCA, el pasado 7 de septiembre la Corte Suprema de Justicia por unanimidad señaló lo siguiente en este caso específico:

"No se advierte una situación de mora que sea susceptible de resguardo, ya que si bien no se han resuelto las peticiones aludidas, según consulta efectuada en la página Web de la Rama Judicial (folios 17 a 19 de este cuaderno), el expediente fue remitido ante el Tribunal con ocasión de la tutela el 22 de julio pasado y el 11 de agosto siguiente se envió a fotocopiado para atender los requerimientos de la Fiscalía 62 Seccional de Bogotá y la Superintendencia de Industria y Comercio".

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Según HCA, "tampoco es cierto que el Juez haya actuado con sospechosa celeridad en el decreto de la medida cautelar, como lo insinúa Lenis", pues el Juez debe resolver la solicitud de medidas cautelares "a más tardar, al día siguiente del reparto o a la presentación de la solicitud.”

Y añade que "no puede resultar extraño, ni dudoso, como se ha pretendido, que la decisión en torno a las medidas cautelares solicitadas se haya proferido en un breve término, pues es la misma ley colombiana la que así se lo ordena a los jueces".

Es decir, que en este caso "no puede atribuírsele ni celeridad excesiva a algunas decisiones adoptadas por el Juzgado Sexto Civil, ni tampoco tardanza en otras, al contrario de lo expresado por Gustavo Lenis de Neocorp", señala HCA en comunicado de prensa.