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Luis Guillermo Vélez Cabrera, superintendente de Sociedades. | Foto: Archivo Semana

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Por burlar la Ley

La SuperSociedades ordenó a Tilava S.A.S., Monicol S.A.S. y Agrocaxias S.A.S. restituir más de $2.076 millones a Finagro tras una demanda interpuesta por la empresa.

17 de octubre de 2013

La Superintendencia de Sociedades ordenó a Tilava S.A.S., Monicol S.A.S. y Agrocaxias S.A.S. restituir más de $2.076 millones (cifra actualizada con base en el Índice de Precios al Consumidor-IPC) a Finagro tras demostrarse que estas compañías fueron utilizadas para evadir las restricciones contempladas en las normas que rigen el otorgamiento de Incentivos a la capitalización rural.

La decisión de la Superintendencia de Sociedades se dio luego de que Finagro, entidad que administra los fondos, presentara una demanda orientada a establecer si Mónica Colombia S.A.S., Tilava S.A.S., Monicol S.A.S. y Agrocaxias S.A.S., se beneficiaron, en forma indebida, del programa de estímulos económicos de Incentivos a la capitalización rural (ICR).

Durante el proceso se advirtió que siendo limitados los recursos que se destinan a los ICRs, “tiene que haber equidad en su distribución y eso explica la existencia de las restricciones legales”, “solo se puede recibir un incentivo por proyecto” y que “una persona no puede ser beneficiaria de más de un incentivo dentro de un periodo de 12 meses”.

Adicionalmente, el apoderado de Finagro señaló, en su demanda, que “las sociedades demandadas fueron utilizadas por el Grupo Empresarial denominado “Mónica Colombia”, para hacer fraude a la ley”.

El análisis de la SuperSocidades buscó identificar si existió un propósito legítimo de negocios detrás de la constitución de estas “múltiples” compañías para adelantar un mismo proyecto agroindustrial.

Con base en numerosas pruebas, incluida una visita oficial a los predios de Mónica Colombia con la intervención de un experto agrónomo, la Superintendencia de Sociedades concluyó que tres de las compañías del Grupo Mónica sirvieron como un instrumento para burlar la ley.

En caso reseñado las pruebas disponibles permitieron concluir que la estructura del Grupo Empresarial Mónica Colombia no obedeció a una finalidad legítima de negocios, sino que ese entramado societario fue, precisamente, el instrumento que permitió “burlar” las limitaciones contempladas para el otorgamiento de Incentivos a la Capitalización Rural.

Es decir que, agrega la sentencia, a pesar de conocer el alcance de las restricciones anotadas, los accionistas de Mónica Colombia S.A.S. recurrieron a la figura de la interposición societaria con la finalidad específica de evadir los topes legales correspondientes.

En la sentencia también se censura la práctica consistente en fraccionar artificialmente un mismo proyecto agrícola para obtener beneficios en mayor proporción a la permitida por la ley.

El fallo, que es de única instancia y por lo tanto no tiene recursos legales adicionales, además condenó a las demandadas a pagarle a Finagro los gastos correspondientes a los dictámenes periciales y la inspección judicial practicadas en el proceso.