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CONTROVERSIA

La demanda de los minoritarios de Pacific

Avanza el pleito de los pequeños accionistas de Pacific contra Frontera Energy Corp. sucursal Colombia. En febrero hubo audiencia de conciliación, pero no acuerdo. Ahora el juez pidió pruebas, no solo en Colombia sino también en Canadá.

5 de marzo de 2020

A mediados de 2018, el juez 32 Civil del Circuito de Bogotá aceptó una acción de grupo, de cerca de 30 personas naturales y jurídicas que perdieron sus inversiones por la destorcida de la acción de Pacific a mediados de la década pasada. El proceso judicial se inició contra Frontera Energy Corp. Sucursal Colombia, que hoy administra los activos de las antiguas Pacific y Meta Petroleum.

Los cálculos iniciales estiman que en Colombia son más de 7.000 las personas naturales y jurídicas afectadas, representarían cerca de 7,5% del total de las acciones de Pacific. Su valor –dependiendo del periodo en que se estimen– podría acercarse a US$500 millones.

En el proceso de reestructuración de Pacific las acciones de la compañía quedaron consolidadas sobre la base de 100.000 a 1. Es decir, por cada 100.000 acciones que tuviera un accionista antes de la reestructuración, recibiría una luego del proceso. Los que tuvieran menos de 100.000 acciones no recibieron nada a cambio. Así miles de pequeños inversionistas perdieron sus recursos. Allí hay empresas, fondos, personas naturales y hasta firmas de abogados.

Las subsidiarias en Colombia de empresas extranjeras que atiendan la operación en el país deben estar registradas en Bogotá y autorizadas por el Gobierno. 

El año pasado, los 30 demandantes solicitaron medidas cautelares ante el juez, consistentes en conservar la información asociada al procedimiento de reestructuración. El juez las negó, pero pero apelaron ante el Tribunal de Cundinamarca en su Sala Civil, que las aceptó y ordenó mantener la información.

Hasta acá la historia era conocida. Pero el caso ha venido avanzando. Por una parte, otras víctimas de la caída de Pacific han llegado al pleito y la cifra supera el centenar de afectados. Esto sumaría unas pretensiones cercanas a $100.000 millones; sin embargo, si el juez falla contra Frontera, por tratarse de una acción de grupo, resarciría la situación a los más de 7.000 inversionistas y no solo a los 30 demandantes iniciales.

Pablo Márquez, abogado y socio de la firma Márquez Barrera Castañeda Ramírez, dice que “como apoderados de un grupo de accionistas de Pacific Rubiales estamos confiados en que la administración de justicia terminará protegiendo a los inversionistas así como a la confianza en el mercado de valores, indemnizando a los más de 7.000 accionistas. Los deberes de sociedades constituidas en el extranjero que listan sus acciones en Colombia, no son menores a los de las compañías locales. Y dichos deberes son aún más estrictos para las empresas del sector petrolero, máxime cuando sus activos están principalmente en Colombia”.

El 3 de febrero hubo una audiencia de conciliación. Muchos de los inversionistas estaban dispuestos a recibir acciones de la actual Frontera, pero no hubo acuerdo, porque la sucursal en Colombia de la firma dice ser diferente a Frontera Canadá. La empresa señaló a Dinero que “la audiencia de conciliación se declaró fallida debido a que no es posible llegar a un acuerdo, pues los demandantes pretenden que se declare responsable a Frontera Energy Colombia Corp. Sucursal Colombia, por incumplir presuntamente el deber de revelación de información al mercado de valores en Colombia, siendo que esta sucursal es un ente jurídico diferente a Frontera Energy Corporation (antes Pacific Energy Corp.), y por lo tanto ajeno a los hechos y circunstancias materia de la demanda”. 

Agrega que Frontera Energy Corp. Sucursal Colombia “no es, ni fue, la sucursal en Colombia de Frontera Energy Corporation (antes Pacific Energy Corp.), que tiene su domicilio en Canadá. Por el contrario, es la sucursal de la sociedad suiza Frontera Energy Colombia AG. Esta firma jamás ha cotizado en bolsa y, por tanto, no tenía el deber de revelar información al mercado de valores colombiano. Además, los accionantes no son, ni fueron, accionistas de Frontera Energy Colombia AG”. Y concluye que “al tratarse de personas jurídicas diferentes, Frontera Sucursal Colombia no puede ser considerada responsable por las actuaciones de otra entidad jurídica, en este caso, la antigua Pacific Energy Corp.”.

Sin embargo, esto no es claro para los demandantes. Márquez agrega que, “aunque entendemos que los actuales accionistas de Frontera consideran que el proceso de reorganización surtido en el extranjero los libera de responsabilidad frente a los acreedores indirectos, los daños causados por la acción y omisión de las sociedades resultantes de dicho proceso han de ser asumidos por la nueva compañía. La ausencia de un comité independiente que velara por los intereses de los accionistas, la limitación de información relevante al mercado de valores, los conflictos de interés en la toma de decisiones, entre muchos otros, dan lugar a que los accionistas de Pacific acudan a la justicia local, pues sus acciones fueron compradas y transadas en el mercado colombiano”.

El juez solicitó a las superintendencias Financiera y de Sociedades pruebas en torno a la revelación de información de Pacific y si conforma un grupo empresarial con Frontera.

En esa audiencia el juez solicitó nuevas pruebas en el proceso. Por una parte, pide a la Superintendencia Financiera que informe “si la sociedad Pacific, hoy Frontera Energy Colombia Corp. Sucursal Colombia, durante el periodo comprendido entre 2009 y 2016 presentó informes relacionados con sus estados financieros y las acciones emitidas (…) y si presentó de forma oportuna la información relevante relacionada con sus estados financieros, estado de la sociedad y la comercialización de acciones”. Por otra, solicita a la Superintendencia de Sociedades y a la Cámara de Comercio de Bogotá informar si Pacific Rubiales Energy Group y Frontera Energy Corp. Sucursal Colombia son personas jurídicas diferentes o hacen parte de un mismo grupo empresarial.

Y además, busca la colaboración de un juzgado civil o comercial en Ontario, Canadá, para que obtenga información respecto de la sociedad Frontera Energy Corp. relativa al estado financiero de la compañía y al proceso de reestructuración adelantado con Catalyst, firma que llevó a cabo la reorganización de Pacific.

Las dudas

Para los demandantes, todavía hay mucho espacio para la discusión. Según ellos, por virtud de la ley de hidrocarburos, las subsidiarias en Colombia de empresas extranjeras que atiendan la operación en el país deben estar registradas en Bogotá y autorizadas por el Gobierno. Cuando Frontera decidió hacer negocios en Colombia lo hizo por medio de una sociedad que en principio fue Meta Petroleum y hoy es Frontera Energy Corp. Sucursal Colombia. Su defensa está centrada en que ellos no causaron el daño sino su matriz. Pero en un reciente caso de Facebook, la Superintendencia de Industria y Comercio determinó que la subsidiaria es responsable por los hechos de la matriz.

Por otro lado, los ojos están puestos también en los supuestos malos manejos de los recursos de Pacific que pudieron contribuir a su destorcida, en asuntos que parecían ajenos a la línea de negocio. En el segundo semestre del año pasado se conocieron denuncias penales contra Pacific, presentadis por Frontera Energy Group de Canadá, por presuntos delitos de falsedad en documento. Se trataría de unos pagos no reportados a terceros y destinados a campañas políticas para la presidencia en primera y segunda vuelta, así como a los partidos políticos de La U y de Cambio Radical en 2014.

Además, algunos de los demandantes han analizado los estados financieros y han visto millonarias donaciones de Pacific a su fundación, que en su concepto drenaban el flujo de caja de la compañía.

Por si fuera poco, entre los documentos presentados en el caso está una columna de una periodista en Semana sobre el papel de Fernando Carrillo, como asesor del Grupo Aval, antes de ser procurador general. En la columna publica una carta de Carrillo reportando a Aval un análisis sobre el caso Pacific y el proceso de reestructuración. “Además, se resaltó la falta de transparencia en la toma de decisiones por parte de la compañía que dieron origen a la presente situación. Es claro que el Comité independiente, encargado de tomar la decisión sobre las propuestas de reestructuración presentadas, se caracteriza por no ser independiente, pues de los 4 miembros que votaron, 3 tienen conflictos de interés”, señala en el aparte 8 de su comunicación sobre una audiencia en 2016.

También se preguntó el hoy procurador por qué no se mencionó la existencia de una propuesta de otro inversionista presentada en Canadá “que les da valor a los accionistas minoritarios (colombianos), así como a las acreencias de bancos, bonistas y otros acreedores y permite una capitalización para los accionistas que así lo quieran (mayoritarios)”.

Para los demandantes, las normas del mercado de valores buscan proteger al inversionista. Y una de las reglas de protección es que se debe revelar todo cambio material en la situación financiera de la empresa. “Y al parecer eso no sucedió por impericia o negligencia de los administradores y de la propia compañía”, agrega uno de los demandantes.

La discusión de los accionistas minoritarios de Pacific no está en el olvido y, por el contrario, da muestras de convertirse en uno de los pleitos más importantes de los próximos meses.