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Luis Guillermo Vélez Cabrera, superintendente de Sociedades. | Foto: Archivo Semana

Adquisición

Argos no la tendrá fácil con compra de Isagen

Ante el interés del grupo empresarial, la Superindustria condicionó la eventual integración entre Argos y la generadora de energía.

14 de enero de 2014

A través de la Resolución 525 del 10 de enero de 2014, el superintendente de Industria y Comercio Ad Hoc, Luis Guillermo Vélez, condicionó la eventual integración empresarial entre Grupo Argos S.A. e Isagén S.A. E.S.P.

Entre las condiciones se encuentra la desinversión de activos, con el objetivo de dar cumplimiento a las normas del sector energético y neutralizar el poder de mercado que adquirirían las empresas integradas.

La SIC advierte que la competencia en los mercados de generación y comercialización de energía eléctrica podría verse afectada si no se imponen obligaciones para que el Grupo Argos S.A. participe en la adquisición del paquete de acciones controlante que la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público posee en Isagén S.A. E.S.P.

“Una operación de este tamaño e importancia, sin el cumplimiento de unas condiciones previas, podría restringir indebidamente la libre competencia, en perjuicio de los consumidores colombianos, quienes se podrán ver expuestos a pagar precios más altos por la energía”, señala Vélez.

Explica la entidad en la resolución que de no imponer condiciones en la posible integración del Grupo Argos S.A. e Isagén S.A. E.S.P., las compañías tendrían posibilidad de reducir las cantidades ofertadas en la bolsa de energía e incluso podrían aumentar artificialmente el precio que los colombianos pagan por la energía eléctrica.

En caso de que Grupo Argos S.A. adquiera Isagén, la SIC podrá en cualquier momento y sin necesidad de previo aviso, realizar las visitas administrativas con el propósito de verificar el cumplimiento de los mismos.

Si Argos compra el paquete accionario e incumple alguno de los condicionamientos, la Superintendencia de Industria y Comercio puede imponer sanciones de hasta $61.600 millones para la sociedad y $1.232 millones para las personas naturales que infrinjan el cumplimiento de los condicionamientos.

Contra la decisión del Superintendente de Industria y Comercio Ad Hoc, procede el recurso de reposición.