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Sandra Morelli, contralora General de la República.

Telecomunicaciones

Concesiones de operadores móviles, con pinta de inconstitucionales

La Contraloría considera que es necesario revisar la constitucionalidad de la ley mediante la cual se estableció que los operadores solo están obligados a devolver el espectro electromagnético y no la infraestructura.

30 de noviembre de 2012

Atendiendo una solicitud del Congreso, la Contraloría General de la República (CGR) determinó analizar el tema de la reversión en los contratos de concesión del servicio de telefonía móvil, considerando que es necesario revisar la constitucionalidad de la ley mediante la cual se estableció que los operadores solo están obligados a devolver el espectro electromagnético y no la infraestructura, como usualmente sucede en las concesiones cuando estas se acaban.

La CGR considera que la norma que establece que la reversión solo será respecto del espectro electromagnético presenta vicios de inconstitucionalidad, por lo que demandará la misma ante la Corte Constitucional. Dicha demanda está a cargo del ex magistrado Jorge Arango Mejía, precisa.

"Examinamos preliminarmente esa ley y creemos que hay una evidente inconstitucionalidad, motivo por el cual hemos empezado a preparar la demanda", indica la Contralora General de la República, Sandra Morelli.

Enfatiza en que un contrato de concesión tiene como elemento esencial la reversión, “yo le doy la oportunidad a usted de explotar bienes públicos, usted hace la inversión, usted obtiene un lucro legítimo y cuando ya lo obtuvo me devuelve esa inversión, entonces el Estado ya se queda con la infraestructura para explotar un bien público, que después decidirá si se lo da a otra empresa o la opera directamente”.

Por esa razón, Morelli señala que cuando se suprimen elementos esenciales de un contrato, es necesario que la Contraloría examine lo que sucede.

Aclara que no pretende imponer a la autoridad TIC criterios para adelantar esta licitación, lo que hace la Contraloría es recordar que en Colombia hay un principio de libre competencia, que se debe garantizar la igualdad material de todos los competidores y que para eso hay fórmulas y medidas.

También explica que no hará el papel de la Superintendencia de Servicios Públicos ni sustituirá al Estado porque no tiene la competencia ni la capacidad. Sin embargo, dice que sí tiene que verificar el cumplimiento de los compromisos de inversión en los tiempos previstos.

Sobre eso, advierte que hasta el momento la Contraloría ya ha identificado rezagos en los planes de inversión  de acuerdo a los mandatos contenidos en los contratos, los cuales son imperativos porque son obligaciones que asumen los concesionarios.