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| Foto: Ministerio de Cultura

ECONOMÍA NARANJA

Comienza segunda convocatoria para exención de renta en la industria naranja

Las empresas que pertenezcan a este sector podrán acceder al beneficio tributario por un periodo de siete años.

29 de junio de 2020

Este primero de julio inicia la segunda convocatoria para que las empresas pertenecientes a la economía naranja accedan al paquete de incentivos fiscales creado por el Gobierno para incentivar su desarrollo y crecimiento, y que según Felipe Buitrago, viceministro de Economía Naranja, significa una ayuda importante en estos momentos de crisis.

A través de la política de Economía Naranja y el Plan Nacional de Desarrollo (PND), las empresas que pertenezcan a este sector podrán acceder al beneficio de exención de renta por un periodo de siete años. El incentivo está dirigido a personas jurídicas, cuyo objeto social esté exclusivamente ligado al desarrollo de actividades culturales, creativas y/o industrias de valor agregado tecnológico. 

También pueden acceder a este paquete las empresas dedicadas a actividades relacionadas con el deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre. 

Según Buitrago, para la primera convocatoria del año que se realizó del primero al 31 de marzo, 199 empresas se beneficiaron con la exención del impuesto de renta, juntas suman un inversiones por más de 51.000 millones de pesos y generan unos 1.800 empleos formales en el país.

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De las empresas, se destaca la participación de compañías que se desenvuelven en actividades como deportes y aprovechamiento del tiempo libre, software de contenido y diseño. Buitrago destacó que esto se debe en gran medida a que tienden a ser las más formalizadas. De igual manera, hubo una importante participación de empresas de producción audiovisual. 

En cuanto a las ciudades, Bogotá, Medellín y Cali concentran el 80% de la participación de compañías que accedieron al beneficio tributario, por lo que en esta segunda convocatoria iniciarán una campaña para que el beneficio llegue a más zonas del país y el número de empresas a las que se les aplique el incentivo se duplique.

“Para la siguiente convocatoria tenemos una estrategia de descentralización. Para ello, en una alianza con Confecámaras esperamos llevar la iniciativa las 56 cámaras del territorio para que las empresas se enteren del beneficio y acompañarlos en el proceso”, dijo Buitrago. 

Esta ha sido una de las industrias más golpeadas por la pandemia del coronavirus, pues gran parte de las actividades de esta economía están relacionadas con el entretenimiento y la cultura. En este contexto, el viceministro de economía naranja aseguró que este tipo de beneficios representa un importante apoyo en la recuperación que según estima se daría en el 2021. “Sin duda no ha sido fácil para la industria del sector. El coronavirus nos afectó en un momento en el que veníamos con una dinámica de crecimiento bastante interesante. Sin embargo, tenemos que pensar que la reactivación llegará y que este beneficio, planteado por siete años, representará un alivio importante para el futuro y sostenibilidad de estas empresas”, afirmó el funcionario. 

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Para este año, se proyectaba un crecimiento del orden del 5,5% en aporte al PIB de esta industria, pero con la coyuntura actual estas cifras no se verán.

Cómo aplicar 

A partir del miércoles primero de julio se podrá realizar el trámite virtual para acceder a este beneficio tributario en la página web www.economianaranja.gov.co

Para aplicar las empresas deberán estar constituidas o constituirse antes del 31 de diciembre de 2021. Así mismo, deberán ser contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario, y tener su domicilio principal dentro del territorio colombiano. 

De igual manera, los ingresos brutos anuales de las empresas que se presenten no pueden ser superiores a 80.000 UVT, esto equivale a $2.848.560.000. En este sentido, señaló Buitrago, la única excepción es para las actividades de producción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión, que sí podrán superar este monto. 

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Es preciso aclarar que los administradores de la sociedad no califican como empleados para efectos de la exención en renta. Los empleos que se tendrán en cuenta son aquellos que estén directamente relacionados con la actividad cultural y creativa, o con el desarrollo tecnológico.