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Multan a Claro, Tigo y Movistar por querer atar a los usuarios a sus planes

La Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) anunció sanciones contra Claro, Tigo y Movistar por “amarrar” beneficios en la venta de celulares al plan de telefonía móvil de sus usuarios.

29 de marzo de 2017

El ente de control pudo constatar que las tres compañías de telecomunicaciones ofrecían cuotas gratis en la venta del equipo celular adquirido por los usuarios, siempre y cuando, ellos suscribieran un plan de telefonía.

Adicionalmente, la Superindustria dio a conocer que Claro, Tigo y Movistar ponían ciertas condiciones a los usuarios que, al no cumplirse, generaban la pérdida de las cuotas gratis ofrecidas en la venta de los teléfonos.

Como consecuencia de esta conducta, la Superindustria impuso una multa por más de $9.000 millones en contra de las tres empresas, las cuales ofrecían el beneficio de obtener entre 6 y 12 cuotas gratis en el valor de la venta del equipo celular.

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Así se distribuyen las multas:

La Superintendencia pudo determinar la interdependencia que existía entre el contrato de compraventa de equipo terminal móvil y el de prestación de servicios de comunicaciones.

Esta situación, de acuerdo al ente de control, está expresamente prohibida en el Régimen Integral de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones expedido por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).

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Es importante señalar que la CRC establece que estos contratos deben pactarse de manera separada. La prohibición se encuentra establecida como consecuencia de la eliminación de la cláusula de permanencia mínima en servicios móviles desde el primero de julio de 2014.

La Superindustria consideró necesario ordenar a las compañías de telecomunicaciones no aplicar los términos y condiciones que desconozcan la independencia de los contratos y el derecho de libre elección de los usuarios.

Además, les ordenó abstenerse de emitir ofertas, promociones, estrategias comerciales o cualquier tipo de mensaje publicitario que incluya o informe de condicionamientos, remisiones, subordinaciones o dependencias entre un contrato de compraventa de equipo terminal con un contrato de prestación de servicios de comunicaciones.

Luego de conocerce esta decisión, Tigo dijo a Dinero que "la Superintendencia de Industria y Comercio tuvo en cuenta para atenuar la multa, que la compañía cesó la conducta ilegal tan pronto le fue notificada la sanción de primera instancia.

Mientras que en el caso de Claro y Movistar, según lo manifestó, la conducta siguió ejecutándose hasta la actualidad cuando se profirió la decisión de segunda instancia.

Vale la pena recordar que a finales del año pasado la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) identificó los efectos de la eliminación de las cláusulas de permanencia en los operadores móviles en lel sector de telecomunicaciones.

La CRC concluyó que la eliminación de las cláusulas incidió en la caída de los precios de los servicios de telecomunicaciones en el mercado colombiano.

Muestra de ello es que la tarifa promedio de voz mostró una reducción de 14,28%, al pasar de $63 en 2015 a $54 por minuto durante el segundo trimestre de 2016.

 Por su parte, la evolución de la tarifa promedio por GB de internet móvil también muestra un comportamiento descendente, pasando de $28.000 en el 2015 a $25.000 en 2016, equivalente a un descenso del 9%.

 De otro lado, el documento expuso que al alza del dólar afectó también la importación de equipos, cayendo un 15,6% en 2015 y un 20,9% en el primer trimestre de 2016.

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