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Supersociedades asume la reorganización de Unimetro

Al cierre de 2016 el valor de los activos de la sociedad alcanzó los $95.212 millones mientras que el pasivo fue de $142.634 millones. Al 30 de junio de 2017 el monto de los pasivos vencidos a más de 90 días equivale al 12,3% de los pasivos totales de Unimetro.

24 de octubre de 2017

La Unión Metropolitana De Transportadores, Unimetro, acaba de ser admitida en el proceso de reorganización empresarial contemplado en la Ley 1116 de 2006.

El ingreso de esta compañía al proceso de reorganización liderado directamente por los auxiliares designados por las autoridades colombianas muestra el crudo panorama de los sistemas de transporte masivo en todo el país.

Incluso el propio Gobierno recientemente aseguró que los sistemas estratégicos de transporte público, cuyo fin es materializar los objetivos de la Política Nacional de Transporte Urbano en ciudades intermedias del país, presentan retrasos en su implementación.

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Pues bien, en el caso de Unimetro, Dinero logró determinar que esta compañía que fue legalmente constituida el 23 de diciembre de 2002 en Cali registraba número “rojos” desde el cierre de 2016.

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Los reportes entregados por la compañía muestran que al 31 de diciembre de 2016 tenía unos activos de $ 95.212 millones mientras que sus pasivos superaban los $142.634 millones.

Año

2016 (En millones)

Activo

$95.212

Pasivo

$142.634

Total patrimonio atribuido a los propietarios

$(-47.422)

Total pasivo y patrimonio

$95.212

Hay que recordar que Unimetro desde el 29 de noviembre de 2016, ya había sido admitida al proceso de validación de un acuerdo extrajudicial de reorganización ante las autoridades de quiebras de Colombia.

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Por su parte las autoridades explicaron que en caso de existencia de situaciones de subordinación o grupo empresarial, se presume que la situación de insolvencia es consecuencia de las actuaciones de la matriz o controlante, en virtud de la subordinación, en interés de esta o de cualquiera de sus subordinadas y en contra del beneficio de la sociedad en reorganización.

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Sumado a lo anterior, se ordenó a la compañía abstenerse de realizar, sin autorización, enajenaciones que no estén comprendidas en el giro ordinario de sus negocios, ni constituir cauciones sobre bienes de la deudora, ni hacer pagos o arreglos relacionados con sus obligaciones, ni adoptar reformas estatutarias ni, en general, adelantar operaciones societarias o contractuales que supongan erogaciones reales o potenciales a cargo de la sociedad.

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Ahora, el representante legal de la sociedad deberá entregar al promotor una actualización del inventario de activos y pasivos incluyendo las acreencias causadas entre la fecha de corte de la solicitud, soportados en un estado de situación financiera, un estado de resultado integral y notas a los estados financieros a la mencionada fecha, suscritos por representante legal, contador y revisor fiscal.

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Entre tanto se decretó el embargo de los bienes sujetos a registro de propiedad de la sociedad, con la advertencia que las medidas cautelares de naturaleza concursal prevalecen sobre las que se hayan decretado y practicado en otros procesos.