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REFORMA TRIBUTARIA

La tributaria le permitirá saber cuánto gana un pastor

Para evitar que se utilicen las entidades sin ánimo de lucro e iglesias para evadir impuestos, la reforma tributaria les obligaría a revelar la información de sus gastos y costos de operación, así como la composición de sus juntas directivas o equipos similares.

21 de octubre de 2016

Para evitar que se utilicen las Entidades Sin Ánimo de Lucro para evadir impuestos, como ocurre en algunos casos, el Gobierno propone en esta reforma tributaria que estén obligadas a revelar la información de sus gastos y costos de operación, así como la composición de sus juntas directivas o equipos similares.

El argumento es que en el país existen tantas entidades, que la Dian requiere de la ayuda del control ciudadano para regular el buen funcionamiento de estas figuras y vigilar que no evadan impuestos. La Dirección de Impuestos determinará la plataforma digital en la cual las entidades tendrán que publicar su información y actualizarla cada año.

El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, señaló que “para evitar que personas se lucren de la fe de los feligreses, todos los cultos deberán publicar información sobre sus finanzas y pagar impuestos sobre lo que no se reinvierta en la congregación, infraestructura religiosa y la feligresía”.

Las entidades sin ánimo de lucro tendrán que reportar su identificación, denominación y domicilio; descripción de su actividad; monto y destino de la reinversión del beneficio o excedente neto y de las asignaciones permanentes que se hayan realizado en el año; identificación de las personas que ocupan cargos gerenciales, directivos o de control.

En cuanto a sus finanzas, tendrán que publicar el monto total de pagos salariales a los cuerpos directivos; nombres e identificación de los fundadores; patrimonio, identificación de sus donantes y el monto de la donación con su destinación y plazo proyectado para el gasto o la inversión; monto total de las donaciones recibidas en eventos masivos con fecha y destinación; informe anual de resultados sobre sus proyectos en curso y los finalizados, ingresos, contratos realizados, subsidios y aportes; además de los estados financieros de la entidad.

La Dian será la entidad encargada de otorgar a las entidades sin ánimo de lucro la certificación de cumplimiento de sus funciones y las condiciones para permanecer en el régimen tributario especial y así mismo podrá retirar dicho permiso, de modo que la entidad deba pagar sus impuestos según el régimen ordinario si incumple alguna condición.

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