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COMERCIO

Establecimientos comerciales podrán estar abiertos hasta 24 horas

Los alcaldes municipales y distritales podrán fijar "horarios amplios y extensivos" de operación de los establecimientos comerciales para que estos incluso funcionen las 24 horas, informó este viernes el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

5 de junio de 2020

Los alcaldes municipales y distritales tendrán potestad para aumentar los horarios de atención de los comercios si así lo desean, siempre y cuando cumplan con las medidas de bioseguridad establecidas, gracias al Decreto 799 de 2020 divulgado ayer.

Los establecimientos podrán mantenerse abiertos hasta 24 horas para conseguir una estabilidad financiera mientras pasa la emergencia. 

Con ello van a "evitar aglomeraciones y garantizar el fortalecimiento y preservación del empleo. Es una forma de apoyar la estabilidad económica de las empresas", señaló el Ministerio en un comunicado.

Estas medidas se suman a las ya anunciadas por el Gobierno para apoyar al sector del turismo, que ha reportado enormes pérdidas por cuenta del coronavirus. 

“Esta es otra de las medidas concretas en las que hemos venido trabajando y que demuestran que el Gobierno nacional está comprometido con mitigar los efectos que la pandemia ha tenido en los sectores por los que trabajamos desde el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y que por estos días viven momentos muy difíciles”, afirmó el ministro de esa cartera, José Manuel Restrepo.

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El Gobierno decretó ayer la suspensión temporal de la sobretasa o contribución especial que realizan las empresas de turismo al sector eléctrico hasta el 31 de diciembre.  

El decreto reglamenta que desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre no se pagará esta contribución especial, para así aliviar las cargas económicas del sector turístico en medio de la pandemia.

Este beneficio aplica para las empresas que estén inscritas en el Registro Nacional de Turismo (RNT) y tengan su establecimiento abierto al público y consignado en el Registro Mercantil.

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Además, el decreto beneficia a las actividades que tienen que ver con el alojamiento en hoteles, apartahoteles, centros vacacionales, establecimientos rurales que prestan ese tipo de servicio y otro tipo de alojamientos para visitantes.

De igual manera, se incluyen los parques de atracciones, así como los temáticos y otras actividades recreativas y de esparcimiento.

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