Finagro amplió el plazo para la compra de cartera de pequeños agricultores.

Agricultura

Amplian plazo para compra de cartera

Teniendo en cuenta la importancia de la compra de cartera del Fonsa se extiende el plazo para que los bancos manifiesten su interés de venta de cartera hasta el nueve de mayo.

25 de abril de 2014

Desde el pasado 14 de abril los bancos y demás entidades financieras pueden manifestar a Finagro su interés de vender la cartera morosa de los pequeños productores del Fondo de Solidaridad Agropecuario, la fecha límite era el 28 de abril pero por la solicitud de algunas instituciones financieras se extiende el plazo hasta el próximo nueve de mayo de 2014, con el fin de beneficiar al mayor número posible de productores.

Con esta medida lo que se busca es otorgar un beneficio a los pequeños productores que por situaciones climáticas extremas, problemas fitosanitarios o plagas, caída severa de precios y alteraciones de orden público no pudieron atender a tiempo sus obligaciones para que ahora puedan hacerlo y sean nuevamente sujetos de crédito en el sistema financiero nacional.

Serán beneficiarios los pequeños productores con deudas vencidas a agosto de 2013 o productores que hayan refinanciado sus obligaciones entre el 1 de enero de 2012 y el 17 de diciembre de 2013.

Beneficios

1. El monto máximo por beneficiario será de $20 millones.

2. Los pequeños productores tendrán un plazo de hasta 10 años para el pago de sus obligaciones de los cuales los

3 primeros años no les generarán intereses de ninguna naturaleza, el capital se paga en siete cuotas iguales a partir del cuarto año.

4. Entre los años 4 al 10, la tasa de interés será del IPC +2, aproximadamente un 4% efectivo anual teniendo como referencia el IPC de 2013.

5. Si el productor paga durante los tres primeros años, es decir durante el periodo muerto de intereses, extinguirá su deuda pagando el mismo valor por el cual el FONSA compró la obligación.

6. Si el deudor paga los intereses antes de la fecha de vencimiento, entre el año 4 al 10, dicha cuota se abonará directamente a capital, es decir que el beneficiario no pagaría intereses.