Todos de los trámites de la Ley de Víctimas serán gratuitos.

Ley de Víctimas

Desde ya se puede solicitar la restitución de tierras

El Ministerio de Agricultura habilitó 11 regionales del Proyecto de Protección de Tierras y Patrimonios de la Población Desplazada para atender las reclamaciones de los campesinos. Todos los trámites serán gratuitos.

15 de junio de 2011

El ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Juan Camilo Restrepo Salazar, informó que los campesinos víctimas del desplazamiento y el despojo pueden, desde ahora, formular sus reclamaciones para la restitución de sus tierras.


Una vez sancionada la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, el Ministerio de Agricultura activó un procedimiento sencillo para darle recepción y curso a todas las solicitudes de los despojados.


Con ese propósito fueron habilitadas once oficinas regionales del “Proyecto Protección de Tierras y Patrimonio de la Población Desplazada” que operarán en Medellín, Cartagena, Montería, Bogotá, Valledupar, Bucaramanga, Pasto, Cúcuta, Ibagué, Cali y Mocoa.


El ministro precisó que las solicitudes de restitución que se presenten sólo entrarán a formar parte del grupo que entrará en la línea del proceso judicial, con el cumplimiento de los términos perentorios que la Ley prevé, a partir del momento en que se organice la Unidad de Restitución de Tierras.


En seis meses quedará constituida y se pondrá en marcha la Unidad de Restitución de Tierras que funcionará en el Ministerio de Agricultura así como la creación de un cuerpo de jueces especializados en temas agrarios y restitución de tierras.


“Nosotros no le queremos decir al despojado de la tierra que venga sólo dentro de seis meses cuando esté la Unidad de Restitución de Tierras lista. Por eso hemos establecido este mecanismo de recepción que va a funcionar apoyándose en la red que ya está dispuesta en el Ministerio”, agregó el jefe de la cartera agropecuaria.


Todos los trámites que deban realizar las víctimas del despojo para la restitución de sus predios, son absolutamente gratuitos y no se requiere de abogados ni de gestores.


El ministro reiteró que la restitución, de acuerdo a la nueva Ley de la República, procederá para casos de despojo ocurridos a partir de 1991. Hechos ocurridos en años anteriores deberán tramitarse por la justicia ordinaria.


“El Ministerio quiere recordar que la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras es para las víctimas y los despojados no para los avivatos ni para los oportunistas. Por eso cualquier persona que acuda a las vías de hecho, por ejemplo, promoviendo una invasión, para de esta manera presionar una restitución de tierras; por disposición de la misma Ley pierde la condición de potencial aspirante a ser restituido”, previno Restrepo Salazar.


Advirtió también que todo aquel que se presente como víctima sin serlo, como despojado sin serlo y el funcionario público que cohoneste ese tipo de actividades, podrá ser sancionado con penas privativas de libertad de ocho a doce años.