Así podrá hacer la declaración de renta de manera virtual | Foto: Getty Images

PAGO DE IMPUESTOS

Así podrá hacer la declaración de renta de manera virtual

La Dian tiene habilitados varios canales para que los colombianos que tengan que hacer la declaración de renta correspondiente al año gravable 2019 puedan llevar a cabo todo el proceso sin necesidad de salir de casa.

5 de agosto de 2020

Lo primordial para poder llevar a cabo la declaración de renta de manera virtual es contar con la firma electrónica, la cual se puede conseguir también de manera virtual en un proceso que, según la Dian, no dura más de dos minutos.

La firma electrónica es un conjunto de datos digitales que acompañan o están asociados a un documento virtual y cuyas funciones básicas son identificar al contribuyente de manera inequívoca y asegurar la integridad de la nota firmada, es decir que sea exactamente la misma que la original y no haya sufrido alteración o manipulación alguna.

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Para acceder a la firma electrónica, el interesado debe estar registrado previamente en la Dian e ingresar al portal transacciones de esa entidad por medio de https://www.dian.gov.co/ y allí se debe de solicitar la emisión de la misma.

Ya con la firma electrónica, el usuario debe utilizar la plataforma Hazlo Tú Mismo, en la cual podrá diligenciar el formato correspondiente para llevar a cabo la declaración de renta del año gravable 2019.

“Como obligado virtual, el diligenciamiento y presentación de la declaración es a través de los servicios en línea de la Dian haciendo uso de la firma electrónica”, dijo la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

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Los vencimientos para la presentación de la declaración y pago en una sola cuota del impuesto se inician el próximo 11 de agosto con los dígitos de NIT terminados en 99 y 00, y finalizan el 21 de octubre con los dígitos 01 y 02, sin tener en cuenta el dígito de verificación registrado en el RUT (Registro Único Tributario).

Las personas que deben declarar son las siguientes:

  1. Aquellas que al 31 de diciembre de 2019 tuvieran un patrimonio superior a $154,2 millones (4.500 unidades de valor tributario).
  2. Quienes tuvieron ingresos brutos iguales o superiores a $47,9 millones (1.400 UVT) durante 2019
  3. Las personas que hayan realizado compras con tarjeta de crédito superiores a $47,9 millones el año pasado 
  4. Quienes hayan realizado compras y consumos totales superiores a $47,9 millones
  5. Los que hayan tenido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a $47,9 millones
  6. Y los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) al cierre del 2019.