Foto: 123rf | Foto: Impuestos 123rf

REFORMA TRIBUTARIA

Cámara de Representantes aprobó la tributaria con cárcel a evasores e IVA de 19%

Luego de que el Ministerio de Hacienda y la Fiscalía General crearan una comisión para modificar el artículo que establecía la penalización a quienes omitieran bienes por mínimo $5.000 millones, los representantes aprobaron la reducción del tope mínimo de evasión que merece cárcel.

22 de diciembre de 2016

La Cámara de Representantes aprobó el proyecto de reforma tributaria tras dos días de discusión y aprobó la modificación que presentaron la Dian y la Fiscalía General sobre penalización a evasores que incluso provocó que se conformara una comisión especial entre la Dian, el Ministerio de Hacienda y la Fiscalía General.

Con estas modificaciones, el proyecto tendrá que pasar a conciliación con el Senado y se espera que sea ley de la República durante la última semana de diciembre.

El fiscal general, Néstor Humberto Martínez había advertido que el artículo del proyecto de reforma sanciona a quienes omiten activos o pasivos en sus declaraciones de renta, pero el formulario de dicha actividad no requiere una relación de ambos tipos de activos sino su valoración, por lo que la tributaria debería sancionar a quienes subvalúen los mismos para lograr un menor gravamen.

La propuesta que presentaron los equipos de Fiscalía y Dian modificaba el artículo para penalizar a aquellos contribuyentes que con la intención de evadir o eludir el impuestos disminuyan el monto de los bienes que deben registrar o no los reporten por un valor desde $172,3 millones, así como la retención de IVA sin entregar a la Dian, serían sancionados con una condena carcelaria de entre cuatro y nueve años además de una sanción económica del doble de los recursos ocultos.

Otro punto que generó un amplio debate fue la disminución de los aportes a salud por parte de los pensionados desde la tarifa de 12% hasta el 4%. Aunque el Gobierno intentó que se reabriera la discusión de dicha modificación y se votara dos veces, los representantes se opusieron y mantuvieron su posición de disminuir los aportes a salud de los pensionados.

En cuanto al IVA, la tarifa general quedó estipulada en 19%, tal como había propuesto el Ministerio de Hacienda, mientras que las motos de hasta 180 centímetros cúbicos quedaron excluidas del mismo y los aceites mantuvieron su tarifa de IVA de 5%.

Rentas

Tal como se planteó en la ponencia radicada, se amplió el porcentaje de rentas exentas para personas naturales hasta el 40%, mientras que en el texto original del proyecto dichos beneficios no podían exceder el 35% o cerca de $104 millones al sumar el 25% de ingresos exentos más el 10% de reducción por AFC, dependientes y pensiones voluntarias, entre otros motivos.

El impuesto de renta para las personas naturales se mantuvo de acuerdo con el régimen actual con tarifa mínima en 19% para trabajadores que registren desde $32 millones anuales hasta $50,5 millones. Las dos tarifas siguientes son de 28% y 33%, pero se eliminan los sistemas Iman e Imas para simplificar el régimen.

Además, el impuesto a los dividendos se aprobó también sin modificaciones. Es decir, que tendrán que tributarlo las personas naturales al momento de recibirlos con una tarifa de 5% o 10% dependiendo del valor registrado, mientras que la tarifa de renta presuntiva disminuyó del 4% propuesto en el proyecto de reforma hasta 3,5%.

Por el contrario, la tarifa de renta para empresas fue aprobada según el proyecto inicial del Ministerio de Hacienda, por lo que disminuirá a 36% de renta más 4% de sobretasa en 2017, 35% de renta y 2% de sobretasa en 2018 y en 2019 desaparece la sobretasa y la tarifa de renta se establece en 33%.

Del recaudo obtenido por la renta para personas jurídicas, el Gobierno destinará 1,4 puntos al Sena, 0,4 puntos a financiar programas de atención a la primera infancia, 2,2 puntos al Icbf, 0,6 puntos a financiar instituciones públicas de educación superior y 4,4 puntos al Sistema de Seguridad Social en Salud.

En cuanto a las zonas francas, los representantes decidieron eliminar el artículo que obligaba a estas entidades a tributar una tarifa total de 20% entre renta e IVA, sin importar su año de creación.

Lea también: Los principales cambios de la nueva ponencia de la tributaria