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Reglas de juego

Regalos Navideños para agricultores

La Ley Agrícola da para todo. Sólo hay que manifestarse como agricultor para recibir el cielo con las manos.

1 de febrero de 1994

Para celebrar la navidad de los agricultores, el Congreso aprobó la Ley 101 de 1993, denominada Ley General Agraria, que contiene una mochila tan repleta de protecciones, apoyos, incentivos y subsidios, como jamás habían soñado los productores del campo. Ellos encontraron al lado de la cama los siguientes regalos:

1 Circunstancias ligadas a la protección del ingreso rural y el mantenimiento de la paz social en el agro, autorizarán al gobierno para otorgar, en forma temporal y selectiva, incentivos y apoyos directos a los productores agropecuarios y pesqueros. Esta definición se adoptará por la Comisión Nacional Agropecuaria, conformada por trece miembros (número pavoroso) de los cuáles seis pertenecen al sector privado; el gobierno no tendrá veto. Cuándo y cómo se consolidará esta oferta dependerá de la capacidad de los grupos de presión.

2 La Comisión de Regulación Energética establecerá subsidios preferenciales para los productores del sector agropecuario y pesquero.

A quiénes favorecerá este obsequio no se sabe todavía. ¿Acaso los floricultores?, ¿los ganaderos?, ¿los camaroneros?, ¿los que operan ordeñadoras mecánicas en la sabana?. ¿Todos ellos?

Entretanto, dos miquitos colgados a la Ley de Regalías obligan al gobierno a condonar las deudas de los campesinos con la Caja Agraria, vinculadas a programas de electrificación rural, lo que alegrará, exclusivamente, a usuarios del Cauca en donde se ejecutaron tales programas. Esto se atribuye a la necesidad sentida de conmemorar el onomástico del senador Iragorri. También se condonarán las deudas que tiene con Corelca el municipio de El Carmen de Bolívar, lo que se interpreta como un homenaje a Lucho Bermúdez.

3 En los avalúos catastrales no se podrá tener en cuenta ninguna consideración distinta a la capacidad productiva y la rentabilidad, excluyendo otros factores de valorización como el turismo y la vivienda.

Este obsequio está diseñado para proteger a los dueños de tierra de la Sabana de Bogotá. Allí ha ocurrido una valorización escandalosa de la propiedad gracias a que se trata de un recurso escaso sometido a una demanda desbocada. El precio es tan alto que ya es impracticable producir algo, como bien lo saben quienes poseen finquitas en Tabio y Tenjo.

4 El Estado subsidiará el crédito para pequeños productores. El Banco de la República deberá garantizar que, durante 1994 y 1995, las tasas de interés del crédito de fomento agropecuario no superen las vigentes al 31 de octubre de 1993. Para años posteriores deberá garantizar un suministro de crédito adecuado a tasas de interés inferiores a las del crédito comercial ordinario.

Este artículo recoge la doctrina arcaica de los años 60 en materia de tasas y crea una difícil situación para la banca privada de cuyas inversiones forzosas depende la viabilidad de Finagro. El dilema consistirá en mantener el subsidio con cargo a los bancos o permitir que lo asuma Finagro contra su capital y reservas. El Banco Mundial tiene pendiente el desembolso de un préstamo de US$250 millones con la condición de que las tasas se equilibren. ¿Qué sucederá en este combate ideológico? Nuestro pronóstico es que no habrá desembolsos.

5 Se crea el certificado de incentivo a la capitalización rural al cual tendrá derecho toda persona natural o jurídica que ejecute proyectos de inversión. Este incentivo podrá ser hasta de 40% del valor de los proyectos. El gobierno debe hacer las apropiaciones presupuestales para asignar los recursos que se requieran para la plena operatividad del incentivo. Estas reglas harán inevitable algún sistema de racionamiento que será duramente contestado por todos los excluidos. Dentro de los próximos tres meses el Ministerio de Agricultura y la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario descubrirán las alimañas que encierra este regalo tan primorosamente empacado.

6 Se autoriza al Fondo Agropecuario de Garantías, que administra Finagro, para otorgar garantías hasta el 60% de las cuotas anuales de capital e intereses de los créditos agropecuarios que sean reestructurados, con las siguientes condiciones:

a) Que se encuentren vencidos con anterioridad al 20 de noviembre de 1993 y cuya cuantía no supere 10 millones de capital.

b) Que sean refinanciados a un plazo de 10 años con tres de gracia.

Este paquete tiene un solo destinatario que es la Caja Agraria la cual, con este sistema, podrá traspasarle al Fondo de Garantías el 60% de su cartera vencida (unos $100.000 millones). De esta manera maquillará su balance frente a la Superintendencia y le pasará finalmente las pérdidas al contribuyente en el año de 1997 cuando se venza el período de gracia y el ministro de Hacienda de esa época tenga que refinanciar el Fondo para evitar su quiebra.

La porción de la cartera reestructurada garantizada por el Fondo será objeto de un tratamiento contable especial para facilitar el acceso a nuevos créditos por los usuarios.

Antes la Caja Agraria suspendía los créditos a quienes se hallaran en mora. Ahora se invita a los deudores a que no paguen. ¿Qué razón tendrán para hacerlo?

7 Se crean los Fondos de Estabilización de Precios que no serán contribuyentes al impuesto sobre la renta y complementarios.

La exención de los impuestos a determinados grupos de presión o personas, es una práctica injusta y antidemocrática con el resto de la comunidad.

8 El Idema que, en el pasado, fue una vaca lechera ocasional, se transformará en una ubre institucional. Veamos:

a) Se restablece la función abastecedora "preferencialmente en las zonas marginadas", aunque puede extenderse a cualquier zona del país. Además se entenderán como zona marginal las zonas urbanas con altos niveles de necesidades básicas insatisfechas donde no hay adecuadas formas de distribución minorista.

Volveremos, entonces, a los camiones-tienda en los suburbios de Bogotá, so pretexto de que los tenderos de barrio tienen el corazón duro y, tal vez, a los supermercados que trabajan a pérdida bajo el cuidado somnoliento de los burócratas.

b) También debe facilitar especial apoyo a la comercialización de productos nacionales, construyendo y cofinanciando la infraestructura física comercial.

Así, por arte de la ley, Idema se convierte en un banco que creará, además, un fondo de inversiones para capital de riesgo en empresas comercializadoras, el cual se constituirá con recursos del presupuesto nacional: Se autoriza a Finagro para realizar inversiones en el Fondo, o en las empresas, con lo cual este banco de segundo piso se convierte en Corporación Financiera ante la mirada atónita de la Superintendencia Bancaria.

c) El Idema realizará pagos a productores o intermediarios para contribuir a sufragar sus costos de almacenamiento. Otra vez aparece aquí la tendencia cepalina que consiste en subsidiar a los productores, en nombre de la sociedad, para que ellos se queden con las utilidades.

d) Las pérdidas que se ocasionen en el ejercicio de la función social que desarrolla el Idema serán consolidadas dentro de las finanzas del Instituto. Si las finanzas de la entidad no alcanzaren a cubrir en su totalidad las mencionadas pérdidas, esa diferencia será asumida por el presupuesto nacional.

Así se consagra un mandato al gerente del Idema para que se despreocupe de hacer una gestión rentable. La manera de obtener auxilios presupuestales consistirá en atribuir al contenido social la mayoría de los costos de la entidad para que no se acabe el reparto de buñuelos.

Para que todo este aparato de dádivas funcione aceitadamente, se crea la Comisión Nacional Agropecuaria con un catálogo de cinco funciones que culminan con una sexta, definida candorosamente así: "Cualquiera otra de naturaleza semejante o complementaria". Es decir, todo lo que suceda en los reinos animal y vegetal. Este cónclave se reunirá cuatro veces al año y celebrará audiencias públicas cuándo lo soliciten cuatro de sus miembros (los privados son seis). Esto garantiza un foro trimestral abierto para el protagonismo y el llanto.

Ha nacido el Partido Agrario.

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