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FONDOS DE PENSIONES:

Pasa la Ley

Por fin se privatiza el ahorro en el país. Los colombianos tendrán vejez asegurada y los empresarios recursos para invertir.

1 de mayo de 1993

Los sistemas de seguridad social pueden ser de tres tipos: de solidaridad, de cotización individual o una mezcla de ambos. El sistema de solidaridad consiste en que los trabajadores de mayores ingresos subsidian con sus aportes a los de menores ingresos; todos cotizan en una olla común que luego se reparte entre todos. El sistema de cotización individual consiste en que cada trabajador aporta a una cuenta individual, durante un período determinado de tiempo, una suma proporcional a sus ingresos. Al cabo del tiempo, el trabajador es acreedor a una pensión proporcional a los aportes realizados.

El sistema que ha operado en Colombia hasta el momento es el de solidaridad absoluta. Y de esa misma forma está absolutamente quebrado. De acuerdo con el cálculo actuarial, el ISS debe a sus afiliados la suma de $7,5 billones (millones de millones) y las reservas del Instituto solamente alcanzan medio billón de pesos. El hueco es de $7 billones. En estos momentos las pensiones se pagan con los aportes corrientes de los trabajadores, o sea que no hay ninguna clase de capitalización. Dada esta situación se calcula que en 15 años las cotizaciones tendrían que pasar del 8% de la nómina como es hoy, al 30%, para poder seguir pagando a los pensionados. La quiebra del ISS se explica por el mal manejo administrativo, la evasión en las cotizaciones y, principalmente, porque el Estado nunca aportó la tercera parte que le correspondía y, como si fuera poco, malgastó los fondos ahorrados.

El proyecto de reforma a la seguridad social que presentó el gobierno inicialmente al Congreso pasaba de la solidaridad absoluta a un sistema de cotización individual exclusivamente.

Ante la oposición de parlamentarios y sindicatos, se llegó entonces a un acuerdo, mediante el cual la seguridad social sería manejada bajo un esquema mixto, donde el ISS permanecería y paralelamente se crearían administradoras de fondos de pensiones, AFP, privadas, de manera que los trabajadores pudieran escoger entre los dos sistemas.

La discusión de fondo aquí es quién debe hacerse responsable de la seguridad social en un país: el Estado, los trabajadores o los empresarios. En el sistema actual del ISS la carga está supuestamente repartida entre los tres, pero en la práctica el gobierno ha incumplido sistemáticamente con esta obligación.

La mecánica de las AFP será como sigue. Si una persona decide pasar del ISS a una AFP, el Instituto cuantifica el valor actual de la deuda con esa persona. Se le entrega un bono a la persona por ese valor, el cual puede ser redimido únicamente cuando cumpla la edad de jubilación, y genera un rendimiento equivalente al DTF. El Estado tiene que asumir el pago de esos rendimientos. En realidad no se sabe con exactitud cuánto le debe el ISS a cada individuo. Lo que va a hacerse es aplicar una regla de tres de acuerdo con el número de semanas cotizadas, la edad de la persona y el valor de las últimas cotizaciones.

El trabajador que se pase a una AFP tiene entonces el bono del ISS en la mano y empieza a cotizar en la Administradora, hasta la edad de jubilación. En ese momento tendrá tres opciones:

1. Renta vitalicia. El trabajador entrega a una compañía de seguros el bono del ISS y el dinero de la AFP. La aseguradora le garantiza una renta vitalicia proporcional al dinero depositado. Se calcula que el 95% de usuarios recurrirán a este método.

2. Retiro programado. La persona deja el dinero y el bono del ISS en la AFP. Esta le entrega mensualidades al usuario, hasta que su fondo se termine. Si hay un saldo a favor cuando la persona muera, éste se entrega a sus herederos. Con el sistema de renta vitalicia, la aseguradora garantiza la pensión hasta la muerte de la persona, pero si la persona muere los herederos no reciben nada.

3. Retiro programado con renta vitalicia diferida. Esta es una combinación de los dos anteriores. La persona se autoasegura en parte con la AFP y el resto del fondo lo traslada a una aseguradora.

Sería lógico que sean las mismas AFP las que hagan el papel de las aseguradoras, conservando el dinero ahorrado por el trabajador y otorgando la renta vitalicia a los jubilados, tal como opera con los fondos de pensiones en Inglaterra.

La cotización seria de 13,5% del salario: 10% a cargo del empleador y el restante del bolsillo del afiliado. El 10% seria el ahorro puro del trabajador y el 3,5% se destinaría al pago de la comisión de la AFP y a un seguro de invalidez para los trabajadores activos que estén cotizando en el fondo. Los trabajadores que ganen más de cuatro salarios mínimos cotizarán el 14,5% de su sueldo (10% a cargo del empleador). Ese punto adicional se destinará a un fondo de solidaridad manejado por el Ministerio de Trabajo. Ese fondo proveerá los recursos que el Estado dará a los pensionados que no alcancen a cotizar durante su vida laboral lo suficiente como para asegurarles una pensión mínima de supervivencia. Las personas naturales y trabajadores independientes podrían cotizar si así lo desean.

La creación de las AFP significa la privatización de la mayor fuente ahorro del país. Los fondos de pensiones manejan los portafolios de inversión más importantes en todo el mundo. En Colombia las cosas han sido a la inversa. Es el Estado el que ha manejado el ahorro del país: actualmente las reservas del ISS se pueden invertir únicamente en bonos de valor constante del IFI y del Fondo Financiero de Desarrollo Urbano y en títulos del Gobierno.

Con la creación de las AFP se privatiza el manejo del ahorro del país, y éste se canaliza a inversiones del sector privado, a través del sistema financiero.

Las administradoras de fondos de cesantías contemplan en su objeto social la función de las AFP, de manera que éstas serían las encargadas del negocio. El gobierno tiene la facultad de reglamentar la composición del portafolio de inversión de las mismas. El rendimiento mínimo será equivalente a la cifra mayor entre el DTF o el 90% del rendimiento promedio de los fondos. Este rendimiento se calculará sobre el fondo conformado por el neto de las cotizaciones, o sea después de restarles el 3,5% de administración y de seguro.

Lo más positivo de esta ley, además de que los trabajadores colombianos por fin tendrán asegurada su vejez, es que el nivel de ahorro del país aumentará, permitiendo fortalecer la capitalización del sector productivo.

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