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Reglas de juego

Belmont, snoopy y Lec Lee

El registro de marcas se ha agilizado en Colombia. Ello no significa que no se continúen presentando conflictos entre las partes interesadas.

1 de junio de 1994

Cada vez son más frecuentes los casos que salen a la luz referentes a conflictos de marcas y patentes. Muchos de ellos se ventilan en prensa, con avisos de página completa, como es el caso en este momento del cigarrillo Belmont producido por Cigarrería Bigott de Venezuela y el producido por la multinacional Philip Morris, o, en su momento, el caso de Pepe, que también despertó toda clase de comunicados, hasta que las partes en conflicto llegaron a un acuerdo.

Hasta hace pocos años en Colombia era común registrar una marca conocida a nivel mundial, y esperar a que llegara el dueño verdadero de la misma, para negociar la cesión. Los procesos de registro de marcas tomaban entre cinco y seis años. En estos momentos el tiempo máximo de espera es de cuatro meses, gracias al revolcón que le imprimió a la Superintendencia de Industria y Comercio José Orlando Montealegre. Además se implementó la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, donde se otorga protección por primera vez a los propietarios originales de las marcas y patentes, y se regula el proceso de marcas al interior de los países miembros ¡el Pacto Andino.

La Decisión 344 impone la prueba de uso para la renovación del registro de marcas, impide las importaciones paralelas cuando se está haciendo uso de la marca en Coloma -pero las permite cuando no es ¡sí-, promueve los acuerdos entre as partes cuando haya lugar a conflictos, permite cancelar registros de marca por falta de uso y establece lomo causal de nulidad del registro le una marca el que sea una marca notoria en el extranjero, entre otros aspectos.



Los conflictos sobre marcas en Colombia no son nuevos. Tal vez el más antiguo es el caso de Lec Lee, donde Luis Eduardo Caicedo -registró la marca Lec con el mismo tipo de letra de Lee. Cuando Lee de Estados Unidos se opuso al registro, Caicedo adujo que esas eran sus iniciales y que tenía todo el derecho registrarlas como quisiera. Después de años de conflicto se llegó a un acuerdo mediante el cual Luis acuerdo entre las partes, por medio del cual Nader fabrica y comercializa en Colombia los blue jeans marca Pepe. "Los casos son innumerables", dice Mónica Wolf, abogada especialista en marcas y patentes; "Benetton, Louis Vuitton, Reebok son solamente algunos de los casos en que colombianos registran las marcas y se presentan conflictos con los dueños originales".

El caso de Benetton se falló en la Superintendencia de Industria y Comercio, siendo el primero en que se aplicó el concepto de marca notoria. "Al comienzo la familia Benetton no le dio mayor importancia al caso en un país tan lejano como Colombia", dice Wolf. "Al contrario, pensaron que el uso de la marca por parte de terceros les abría el mercado hasta que ellos lograran expandirse a nivel mundial. Finalmente se embarcaron en el pleito de todos conocido", concluye Wolf. Otro caso famoso fue el del Banco de Crédito y el Banco del Comercio, con el Banco de Crédito y Comercio (BCCI). Cuando el último quiso entrar al país, los dos primeros se opusieron al nombre, pues se prestaba a confusiones. El Banco del Comercio optó por acuñar el nombre de Bancomercio, y los tres bancos coexistieron hasta la debacle del BCCI. Hoy en día el Banco de Crédito está considerando cambiar de nombre en un proceso de remoción de imagen.

Fisher Price intentó registrar la marca en la clase 25 (ropa y calzado) -ya está registrada en juguetes-, pero se encontró con que ya existían dos registros adicionales: un "Fisher" perteneciente a Panam y un "Fischer" perteneciente al antiguo Multiplast. Después de algunos inconvenientes se llegó a un acuerdo entre las partes. Estos acuerdos, llamados de coexistencia de marcas, deben ser avalados por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Un problema similar se presenta con la marca Reebok. Había tres solicitudes de marca, anteriores a la decisión 344, y ninguna de ellas había sido presentada por el dueño original. Adrianne Vittadini se convirtió en Akí, después de que su

Eduardo Caicedo fabrica los productos marca Lee, y en Colombia la marca es Lec Lee.

Algo similar sucedió con Pepe, marca registrada por Croydon desde 1958, y adquirida posteriormente por Wadid Nader. Años después surgió una firma de ropa inglesa marca Pepe y se desató el conflicto en Colombia. Se llegó también a un

dueño original tomó cartas en el asunto; "The Gap" se convirtió en "The Hip"; el expediente de "Louis Vuitton" ocupó diez legajadores. "Esta firma tiene montado un departamento de inteligencia a nivel mundial, que investiga en todos los países los casos de copia de su marca y establece las acciones correspondientes" añade Samuel Rabinovici, socio de Mónica Wolf,. El conflicto entre "Surtidora de Aves" y "Surtidora de Aves 22" está por resolverse. La cadena de droguerías "Fedco" que existe en Colombia está tratando de registrar el nombre, pero la cadena colombiana no tiene ninguna relación con la cadena norteamericana del mismo nombre.



L os abogados especializados en marcas tienen que acudir a medidas radicales para demostrar la copia de marcas, como ir a San Victorino y retratarse al lado del almacén que vende maletines "Tottos" en lugar de "Totto", o quemar centenares de muñecos de Snoopy y Garfield, producidos por un fabricante que no tiene las marcas registradas, las cuales pertenecen a United Feature Syndicated.

El round más reciente se refiere a pollos. Hay un conflicto entre las marcas "Rico Mac Pollo" y "Mac Pollo su pollo rico". Este caso comenzó en 1984, en 1989 se renovó la marca, pero no se pagaron los derechos hasta 1992. Mientras no se hayan pagado estos derechos, la marca no queda registrada. Aprovechando ese limbo jurídico una de las partes acudió a la acción de tutela, que en este tipo de casos no procede, puesto que la tutela se aplica únicamente en los casos en que no hay más instancias jurídicas. Para las marcas existen las decisiones de la Superintendencia de Industria y Comercio, que pueden ser impugnadas en el Consejo de Estado o en el Tribunal Contencioso Administrativo, si una de las partes no está de acuerdo con el fallo. Es un pésimo precedente que los jueces ordinarios empiecen a fallar en conflictos de marcas, con base en tutelas, sin ningún conocimiento de causa.

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