Home

Noticias

Artículo

Sancionada nueva Ley de Zonas Francas, adios a remesas

La Ley suprime el impuesto de remesas o transferencia de utilidades al exterior, para los usuarios de las zonas francas, entre otros beneficios.

2/1/2006
16 de diciembre de 2005

Con la Ley 1004 del 30 de diciembre de 2005, ya sancionada por el presidente Álvaro Uribe, se cuenta con herramientas nuevas con las que espera que las zonas francas sean verdaderos polos de desarrollo mediante actividades comerciales e industriales altamente productivas y competitivas.

También, con esta Ley se busca cumplir con los compromisos internacionales adquiridos por Colombia ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).

La Ley suprime el impuesto de remesas o transferencia de utilidades al exterior, para los usuarios de las zonas francas con el fin de hacer más equitativa la obligación fiscal.

En esta norma se define como zona franca el área geográfica delimitada dentro del territorio nacional, en donde se desarrollen actividades industriales, de bienes y servicios o actividades comerciales, bajo una normatividad especial en materia tributaria, aduanera, cambiaria y de comercio exterior.

El usuario operador es uno de los beneficiarios de esta modalidad y se refiere a la empresa que puede administrar, supervisar, promocionar y desarrollar una o varias zonas francas. También está el usuario industrial de bienes, autorizado para producir, transformar o ensamblar bienes mediante el procesamiento de materias primas o de productos semielaborados.

A su vez, el usuario industrial de servicios, que puede trabajar en logística, transporte, manipulación, distribución, empaque, telecomunicaciones, investigación científica y tecnológica, así como asistencia médica, turismo, pruebas de calidad de bienes, auditoría, administración, consultorías, entre otras. Finalmente, el usuario comercial, que opera en mercadeo, comercialización, almacenamiento o conservación de bienes en una o varias zonas francas.

Dentro de las medidas precisadas, la Ley señala que desde enero de 2007 la tarifa del impuesto sobre la renta para todos los usuarios de las zonas francas sea del 15% y mantiene la tarifa del 35% en el tributo de renta para los usuarios comerciales. Además se fija la exención del impuesto a las ventas (IVA) a las materias primas, partes, insumos y bienes terminados que se vendan a los usuarios de las zonas francas o las que se realicen entre estos.