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Sancionada Ley que brinda beneficios a familias de secuestrados

Se dispone que los familiares de las personas secuestradas (con posterioridad al ejercicio de su cargo), puedan acceder a los beneficios contemplados en la Ley 986 de 2005.

8 de enero de 2011

Bogotá - El Presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley 1436 que brinda beneficios a las familias de las personas secuestradas, posteriormente a la terminación del periodo para el cual éstas fueron designadas.

La norma fechada, el 6 de enero, busca reconocer la situación económica del secuestrado y su familia, brindándole la ayuda necesaria. Para ello se ordena que los familiares de las personas secuestradas, con posterioridad al ejercicio de su cargo, puedan acceder a los beneficios contemplados en la Ley 986 de 2005.

Entre esos beneficios se encuentran la exención de responsabilidad civil, la continuación del pago de salarios u honorarios, así como las prestaciones sociales del secuestrado hasta tanto se produzca su liberación, la prolongación del pago de pensión y la garantía de la continuidad en el acceso a la educación y el sistema de seguridad social.