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Ojo con el uso de las imágenes que descarga de Internet

Plagio de ilustraciones podría acarrear una pena de hasta 12 años de cárcel.

3 de diciembre de 2013

La violación a los derechos morales y patrimoniales de autor es el motivo de numerosas demandas, las cuales han aumentado gracias al surgimiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
 
Las repercusiones legales por la violación de estos derechos, podrían ocasionar una pena de 32 a 90 meses y una multa de 26.66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes según el Código Penal Colombiano.
 
Recientemente se presentó el caso del libro escrito por Pilar Castaño “La maravilla de ser mujer”, que fue ilustrado por Gabriela Salazar, y actualmente enfrenta líos legales por plagiar algunas ilustraciones de otros autores y exponerlos en la obra de esta reconocida periodista y critica de moda.
 
Es gracias a esto, que Andrés Guzmán Caballero, C.E.O de ADALID CORP, aclara dudas sobre los aspectos a tener en cuenta al momento de manipular imágenes de Internet.
 
Plagios más frecuentes

 
Los plagios más frecuentes de imágenes actualmente suceden en Internet, las personas suelen buscar temas, relacionados con sus web site, redes sociales, documentos personales o libros como es el caso del libro de Pilar Castaño, en donde la personas descargan fotografías sin revisar los derechos de autor y sin tener en cuenta la importancia de esta acción.
 
Actualmente existen buscadores especializados que utilizan firmas de monitoreo de derechos de autor en Internet que buscan las fotografías y cobran el pago de los derechos. Es importante tener en cuenta que las imágenes que van a ser usadas con fines comerciales deben ser compradas en un banco de imágenes por Internet con una diversidad de ofertas a precios razonables.
 
Repercusiones legales

 
En casos como el de Pilar Castaño, los efectos pueden ser nefastos, pues además de pagar los perjuicios morales y materiales por el uso no autorizado de la obra, se puede llegar hasta 12 años de cárcel por los delitos de usurpación de derechos morales o patrimoniales de autor según sea el caso. Es decir, si quien usa las imágenes las hace pasar como propias estaría violando los derechos morales y si sólo las usa sin autorización del titular de los derechos económicos, aplicará incluso en el segundo delito.
 
¿Existen imágenes que puedan usarse libremente?
 
Todas las imágenes tienen derechos de autor, fotografías, gráficas, entre otras, tengan o no registros ante las oficinas correspondientes (derechos de autor), como las que tienen marcas o nombres visibles en la obra. Si una fotografía contiene un diseño arquitectónico, un edificio o la imagen de una persona, quien hizo la foto, tiene derechos independientes sobre la obra.
 
Los autores pueden insertar sobre sus fotografías una marca de agua o cualquier símbolo que los identifique como creadores de la misma para restringir su uso, incluso en los metadatos también se puede hacer dicha identificación, es decir, en la información que se ve cuando se solicitan las propiedades de un archivo.
 
Por último hay fotografías que tienen derechos patrimoniales de autor libres y son aquellas que se encuentran marcadas con  CC (creative commons), en las que sus autores no cobrarán derechos de autor.