Home

Noticias

Artículo

Mincomercio expide reglamento técnico de llantas

El reglamento ampara a las llantas que se fabriquen, importen o comercialicen para uso en vehículos automotores y sus remolques, que circulen en Colombia, bien sean destinadas a equipos originales o de reposición.

3 de enero de 2007

Bogotá.- Con el fin de prevenir o minimizar riesgos para la vida e integridad humana, reduciendo el peligro de accidente por fallas en la maniobrabilidad del vehículo ocasionado por las llantas, resultantes de la manufactura o uso inadecuado, y de prevenir prácticas que puedan inducir a error a los consumidores, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, expidió el reglamento técnico referente a llantas.

Este Reglamento Técnico se aplica a las llantas neumáticas nuevas, recauchutadas, radiales o no, para uso en vehículos de pasajeros camionetas, camperos y vehículos comerciales tales como camiones, autobuses, trailers, tractomulas y otros vehículos de servicio múltiple en carretera.

El reglamento propende por que todas las llantas ofrezcan una resistencia suficiente a los esfuerzos que se puedan presentar en condiciones normales de uso y los límites superiores de velocidad especificados sin sufrir daños. Igualmente las llantas deben garantizar un correcto desempeño dentro del sistema de dirección durante su vida útil.

Los requisitos específicos que incluye el reglamento son requisitos de velocidad, penetración, aguante, resistencia al desasentamiento de la pestaña, rotulado y folleto para el usuario. Los niveles permitidos se encuentran en la evaluación de la conformidad contenida en las normas técnicas colombianas NTC 1275, NTC 1303, NTC 1304 y NTC 5384