Home

Noticias

Artículo

Interesados en contratar con entidades estatales deben inscribirse en el RUP

Las entidades estatales deberán exigir a los interesados en contratar la inscripción en el Registro Único de Proponentes, salvo en los casos en que la ley excluya de este requisito. Así lo establece la Directiva Presidencial número 07, de octubre de 2009.

16 de octubre de 2009

Bogotá, -  Es importante recordar que el Gobierno amplió la cobertura de los obligados a inscribirse en dicho registro, con el fin de garantizar una contratación eficiente.

En este Registro se incluye información suficiente con respecto a las condiciones habilitantes de sus proponentes, con un alto grado de certeza y veracidad.

A las Cámaras de Comercio se les concedió facultades para verificar la información presentada por los proponentes y expedir un certificado a las entidades públicas.

La Directiva Presidencial está dirigida a ministros del despacho, directores de departamentos administrativos, directores de establecimientos públicos, superintendentes, directores de unidades administrativas especiales y demás jefes o directores de entidades de la rama ejecutiva del nivel central y descentralizado del orden nacional.

 

 


(SP).