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El Gobierno intenta impulsar la apertura de la telefonía a larga distancia

El decreto también ordena a las empresas prestadoras del servicio de larga distancia poner a disposición del público paquetes especiales para la reventa del minutos por parte de terceros.

29/8/2005
19 de agosto de 2005

El Gobierno Nacional expidió el decreto 2916 de 2005, por medio del cual adopta medidas tendientes a incentivar la apertura de la telefonía de larga distancia y fija las condiciones para la prestación del servicio a partir del primero de agosto de 2007.



El decreto también ordena a las empresas prestadoras del servicio de larga distancia poner a disposición del público paquetes especiales para la reventa del minutos por parte de terceros, los cuales serán presentados por los tres operadores actualmente habilitados para prestar dicho servicio -Telecom, ETB y Orbitel-.



La oferta de estos paquetes, a terceras personas que deseen negociar con este servicio, estará sujeta a las normas que para este efecto dicte la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, de acuerdo con el decreto del Ministerio de Comunicaciones.



De esta manera los usuarios de la telefonía a larga distancia se beneficiarán con una mayor competencia.



El decreto también establece la entrada de nuevos operadores de larga distancia a partir del primero de agosto del 2007.



A partir de esta fecha las distintas empresas de servicios públicos, podrán solicitar la licencia al Ministerio de Comunicaciones para operar este servicio.



El Decreto 2926 suprime otros requisitos que el régimen de licencias anterior exigía a los potenciales licenciatarios.



Por ejemplo se eliminó la verificación del cumplimiento de límites mínimo y máximo de líneas telefónicas instaladas que se debían tener al momento de presentar la solicitud de licencia, y la de acreditar 400 millones de minutos de larga distancia internacional dentro del año anterior a la solicitud de la licencia.



Los operadores que actualmente tienen licencia, podrán manifestar por escrito al Ministerio de Comunicaciones su intención de acogerse al nuevo régimen y ajustar las condiciones de prestación del servicio.



Las nuevas licencias que se otorguen a partir de agosto de 2007 tendrán un término de duración de 10 años, el cual podrá ser prorrogado por un periodo igual y deberán iniciar operaciones dentro del año siguiente a la fecha de la licencia.



Igual que lo establecido en el régimen actual, los nuevos operadores de larga distancia deberán pagar como contraprestación por la prestación del servicio y con destino al Fondo de Comunicaciones el equivalente al 5 por ciento de sus ingresos brutos.