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El exceso de liquidez de las empresas estatales se invertirá en títulos del Gobierno

Los establecimientos públicos del orden nacional deberán invertir los excedentes de liquidez incluyendo los originados en recursos propios como los administrados, en Títulos TES clase B.

01/9/2005
19 de agosto de 2005

A partir de esta semana, las empresas de capital oficial en las cuales el Estado posea más del 51% de las acciones, y que tengan excedentes de liquidez, los tendrán que invertir obligatoriamente en papeles que emita la Dirección de Crédito Público y del Tesoro del Ministerio de Hacienda.



Así lo ordenó el presidente Álvaro Uribe mediante una Directiva Presidencial dirigida a los directores, gerentes o presidentes de las entidades descentralizadas del orden nacional, establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado, sociedades públicas y sociedades de economía mixta no financieras.



El mandatario dijo que casos como los de Telebucaramanga, que tiene embolatados entre $9.000 y $10.000 millones que tenía en excedentes, los invirtió y están refundidos.



Durante el Consultorio Empresarial número 14, celebrado en Bucaramanga, el Uribe dijo que la Directiva señala que esas inversiones deberán ser hechas en los títulos que emita la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda, en las condiciones de mercado o en las inversiones realizadas por esta Dirección.



Los establecimientos públicos del orden nacional deberán invertir los excedentes de liquidez incluyendo los originados en recursos propios como los administrados, en Títulos TES clase B.



Por su parte las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta con régimen de empresas industriales no financieras, deberán dar al Ministerio de Hacienda la primera opción.



Los excesos de liquidez mediante contratos de administración, negocios fiduciarios, o patrimonios autónomos, también deberán ser invertidos en papeles del Gobierno.