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El domingo Minprotección en teleconferencia sobre PILA

Se realizará entre 8:00 a.m. y 10:00 a.m. por el Canal Institucional.

3 de agosto de 2007

Bogotá_ El próximo domingo 5 de agosto, en directo por el Canal Institucional y a partir de las 8:30 a.m., la ciudadanía podrá resolver todas sus inquietudes sobre el pago de los aportes a la seguridad social integral a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA. El Viceministro Técnico del Ministerio de la Protección Social, Carlos Jorge Rodríguez y un grupo de asesores del Despacho responderán preguntas en directo.

¿Cómo avanza la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes- PILA?

El balance de utilización de planillas a diciembre del 2005, fue de 5.732 planillas y 530.514 cotizantes. Durante el 2006, las cifras aumentaron a 115.100 planillas y 16.976.157 cotizantes. A corte de julio del presente año, se registra un total de 32.086.796 cotizantes y 488.071 planillas diligenciadas para pagos a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes por más de 9 billones 696 mil millones de pesos.

"Con las decisiones y aclaraciones adoptadas por el Gobierno Nacional para facilitar el acceso a la afiliación a la seguridad social integral de los trabajadores, a paso firme avanza la masificación de PILA en el país" afirmó el Viceministro Técnico, Carlos Jorge Rodríguez.

Una de ellas, fue la expedición de las Circulares Número 031 y 046, la primera dirigida a Entidades Promotoras de Salud, Administradoras de Fondos de Pensiones, afiliados al Sistema General de Pensiones y afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, donde se aclara cuáles son las personas excluidas del Sistema General de Pensiones en razón a su edad.


En este sentido, la ley ha establecido los eventos en los cuales una persona no se encuentra obligada a afiliarse al Sistema General de Pensiones, siendo uno de los criterios de exclusión contar con determinada edad, tanto en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida, como en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.

En el primer régimen con base en el artículo 2º del Decreto 758 de 1990, quedan excluidas los trabajadores dependientes que al inscribirse por primera vez en el Régimen Administrado por el Instituto de los Seguros Sociales, tengan 60 o más años de edad y los trabajadores independientes que se afilien por primera vez con 50 años de edad o más, si es mujer o 55 años de edad o más, si es hombre.

Para el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, la norma que regula el tema es el artículo 61 de la Ley 100 de 1993, la cual afirma que están excluidos los pensionados por invalidez por el Instituto de Seguros Sociales o por cualquier fondo, caja o entidad del sector público, las personas que al entrar en vigencia el sistema tuvieren cincuenta y cinco (55) años o más de edad, si son hombres, o cincuenta (50) años o más de edad, si son mujeres, salvo que decidan cotizar por lo menos quinientas (500) semanas en el nuevo régimen, caso en el cual será obligatorio para el empleador efectuar los aportes correspondientes."

La Circular No. 046 hace una aclaración para los trabajadores independientes y las empresas con menos de 20 trabajadores, informando que quienes no hayan podido afiliarse a uno de los sistemas de aseguramiento, es decir, salud, pensiones y riesgos si es el caso, entre otros, y que tenían obligación de pagar, tienen dos (2) meses de plazo adicionales para afiliarse a ese sistema de aseguramiento y hacer el respectivo pago a través de PILA. Durante ese periodo, se puede seguir pagando en papel.