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EL 25 de mayo, primera cuota del impuesto del patrimonio

En el artículo 25 de esta norma se definió que el impuesto será pagado durante los años 2007, 2008, 2009 y 2010, por las personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho poseedores de patrimonios líquidos superiores a los 3 mil millones de pesos.

15 de mayo de 2007

Bogotá.- El próximo 25 de mayo vence el plazo para declarar y pagar la primera de las dos cuotas del impuesto temporal al patrimonio aprobado en la pasada reforma tributaria o Ley 1111 de 2006.

El director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Oscar Franco, señaló que se estima que por el pago de esta primera cuota se recaudarán un billón 62 mil millones de pesos.

La tarifa de este tributo temporal es del 1,2 por ciento.

Franco señaló que se estima que cerca de 8 mil contribuyentes tendrán que cancelar este impuesto temporal al patrimonio, pero explicó que una vez se reciban las declaraciones de renta se verificarán las informaciones sobre los montos de patrimonio y se conocerá exactamente cuántos lo tendrán que pagar.

Las personas jurídicas tienen que pagar su segunda cuota del impuesto de renta en el presente mes de mayo y para las personas naturales el plazo se extendió hasta el mes de agosto y en esas fechas se verificarán los patrimonios.

El Director de la DIAN indicó que los que no paguen la primera cuota de este impuesto temporal al patrimonio se les aplicará los mismos principios del Estatuto Tributario.

Para quienes no presenten la declaración habrá sanciones y adicionalmente se le aplicarán los intereses moratorios para las deudas tributarias, que son los más altos.

 

 

SNE