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CRT hace llamado a operadores para no ofrecer servicios que no han sido regulados

El Director Ejecutivo de La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, Lorenzo Villegas Carrasquilla, manifestó que los cambios recientes en el servicio de telefonía de larga distancia no han modificado los derechos de los usuarios, razón por la cual hoy ninguna empresa que preste servicios de telefonía fija o móvil puede imponer o restringir un operador determinado para realizar a través del mismo llamadas de larga distancia.

22 de noviembre de 2007

Bogotá.- La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones CRT, ha reiterado que los operadores de telefonía fija o móvil debe permitir la realización de llamadas de larga distancia a través de los operadores habilitados y según lo soliciten los suscriptores.

Ø 05 y 005
Ø 07 y 007
Ø 09 y 009

De acuerdo con el Director Ejecutivo de la CRT, la opción para facilitar llamadas de larga distancia a través de los prefijos 02 y 002 para llamadas nacionales e internacionales, respectivamente, no podrá utilizarse hasta que la CRT anuncie las reglas y condiciones correspondientes, que serán expedidas para su funcionamiento el 1 de marzo de 2008.

Por este motivo el ente regulador solicitó a los operadores abstenerse de promover tal servicio, dado que para habilitarse dicho sistema, la CRT debe definir las reglas y condiciones en que deberán ofrecerlo, aspectos en los cuales se encuentra trabajando la comisión.