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Cajas podrán seguir prestando servicios de salud subdiada

4 de junio de 2008

Bogotá.- El Consejo de Estado ratificó la norma constitucional que les permite a las Cajas de Compensación Familiar asociarse o unirse entre ellas para prestar servicios públicos de salud subsidiada, bien sea mediante la celebración de convenios o por las modalidades de consorcio o de unión temporal.

Así lo estableció el Consejo de Estado, en reciente Sentencia del 10 de abril del año en curso, al negar una demanda de una ciudadana que pedía la nulidad del inciso segundo del Artículo 21 del Decreto 515 de 2004, que define el Sistema de Habilitación de las Entidades Administradoras del régimen Subsidiado ARS, por considerarlo que vulneraba normas constitucionales.

Según el presidente de la Asociación Nacional de Cajas de Compensación Familiar, Álvaro José Cobo Soto, “La norma demandada señala que para actuar como Administradoras del Régimen Subsidiado en forma conjunta, las Cajas pueden realizar convenios utilizando las modalidades de consorcio o de unión temporal, en los términos establecidos en la Ley 80 de 1993, y eso quedó ratificado por el Consejo de Estado”.

Al considerar ajustada la anterior norma al ordenamiento jurídico, el Consejo de Estado señala que la disposición plantea, además, la posibilidad para contratar con el Estado, de la cual pueden hacer uso las Cajas de Compensación Familiar en su calidad de contratistas del Estado, representado en este caso por las entidades territoriales que son las encargadas de seleccionarlas y celebrar los respectivos contratos.