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Autorizan a Finagro para hacer redescuentos en operaciones de financiación agropecuaria

El Gobierno Nacional indicó que el redescuento sólo debe realizarse sobre las transacciones realizadas por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro). De igual manera, la entidad fijará las condiciones de liquidez y solvencia que deben cumplir las cooperativas para acceder al redescuento.

22 de septiembre de 2009

Bogotá, -  El Gobierno, mediante el Decreto 3610, autorizó al Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro), a realizar operaciones de redescuento sobre los créditos autorizados por la entidad.

Finagro podrá celebrar dichas transacciones con las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas que son vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria y que a su vez, están inscritas en el Fondo de Garantías para las Entidades Cooperativas (Fogacoop).

En el Decreto, firmado por el Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, y por el Ministro de Hacienda, Óscar Iván Zuluaga, se establecen los límites y condiciones que deben cumplir las cooperativas para acceder al redescuento.

Entre éstas se destaca que “las operaciones deberán destinarse única y exclusivamente a la financiación de actividades autorizadas por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro)”.

Entre los límites establecidos, la norma aclara que Finagro sólo podrá autorizar operaciones de redescuento con las cooperativas hasta por un 10 % del patrimonio técnico, monto que podrá ampliarse hasta 20 % por decisión de la Junta Directiva de la entidad financiera.

De igual manera, las cooperativas de ahorro y crédito o cooperativas multiactivas podrán realizar transacciones de redescuento con Finagro hasta por el 10 % de su patrimonio técnico.

Finalmente, Finagro tendrá la facultad de aprobar o denegar la solicitud del crédito de redescuento presentada por las cooperativas.

 



(SP).