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Aprobado proyecto de régimen de insolvencia empresarial

Al término de la Plenaria el viceministro de Desarrollo Empresarial, Sergio Díaz-Granados se declaró satisfecho por la aprobación del proyecto, dijo que esta iniciativa tiene como objeto establecer un régimen que satisface esa temporalidad que teníamos hasta el momento y además, proyecta en forma definitiva el régimen para las entidades territoriales, tanto del sector central como descentralizado, con el fin de asegurar la prestación de servicios a cargo de las mismas y el desarrollo de las regiones.

13 de diciembre de 2006

Bogotá.- La Plenaria de la Cámara de Representantes, aprobó ayer, en último debate, el proyecto de ley del Régimen de Insolvencia Empresarial que busca modificar la Ley 550 de 1999, relacionada con la prevención para la crisis de las empresas.

El proyecto pretende proteger el crédito y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo. Están sometidas a este régimen las personas naturales y jurídicas no excluidas de la aplicación del mismo, que realicen negocios permanentes en el territorio nacional, de carácter privado o mixto, siempre y cuando tengan la calidad de comerciante o desarrollen actividades empresariales, independiente de que dicha actividad la realicen a través de establecimientos de comercio y las sucursales de sociedades extranjeras.

Por iniciativa del representante Luis Alejandro Perea, con previo aval del Ministerio de Hacienda se incluyó una modificación en al artículo 40 del proyecto de ley, por el cual las empresas que hayan celebrado un acuerdo de reorganización, no estarán sometidas a renta presuntivas por los tres (3) primeros años, contados a partir de la fecha de la confirmación del acuerdo. De igual forma, las empresas que hayan celebrado el acuerdo de reorganización tendrán derecho a solicitar la devolución de la retención de la fuente y del impuesto sobre la renta, que les hubiere practicado por cualquier concepto, también, por tres (3) años.

El Viceministro explicó que lo novedoso del proyecto actual, es que deja la legislación de forma permanente; se incorpora todo el capítulo transfronterizo, es decir, la posibilidad que un régimen de insolvencia que se inicia en el país pueda vincular bienes continuos en el exterior lo que le permite a Colombia estar al mismo nivel de legislaciones de Estados Unidos, Gran Bretaña, Polonia y Japón.

Así mismo, el proyecto facilita, que una empresa que entra en proceso de liquidación pueda regresar nuevamente al proceso de reorganización en el momento que se llegue a un acuerdo por parte de los deudores y acreedores. Esto es muy importante porque hoy, el proceso no permite que una empresa que entra a liquidación pueda regresar nuevamente al esquema de reestructuración, y esta ley sí lo permitiría.

1.200 empresas se han acogido al instrumento y cerca de 980 se encuentran en proceso de recuperación, permitiéndoles salvar su empresa y salvar cerca de 82 mil empleos.

Como se conoce, actualmente la vigencia de la Ley 550 de 1999 es temporal, pues expira el próximo 19 de diciembre; por ello el Gobierno Nacional presentó a consideración del Legislativo el proyecto de Ley 207 de 2005 en el Senado-154 de 2006 en la Cámara, por parte de los ministerios de Comercio, Industria y Turismo; de Hacienda y Crédito público y de Protección Social.