La Superintendencia de Industria asegura que Comcel vulneró lo establecido en el Régimen Integral de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones.

Empresas

Superindustria sanciona a Comcel por vulnerar derechos de usuarios

La Superintendencia de Industria y Comercio impuso una multa equivalente a 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes a Comcel por ofrecer cláusulas de permanencia mínima mayores a las autorizadas.

13 de enero de 2012

La multa se debe a que la empresa ofreció a los usuarios que adquirieron equipos terminales iPhone 4S planes que incluyen cláusulas de permanencia mínima superiores a 12 meses.

“Esto vulnera lo establecido en el Régimen Integral de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones, el cual determina que, a no ser que se subsidien o financien equipos de conexión a Internet, no se pueden pactar cláusulas de permanencia mayores a un año”, indicó la Superindustria


A su vez, mediante Resolución 78925 del 29 de diciembre de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó a Comcel modificar la totalidad de los contratos de prestación de servicios y/o anexos contentivos de las cláusulas de permanencia mínima anteriormente descritos.

Así mismo, informar, en forma individual y por escrito, a todos los usuarios que a partir del primero de octubre de 2011 suscribieron contratos de prestación del servicio de telefonía móvil con cláusula de permanencia mínima por un término superior a un año, que la permanencia mínima se limita a los 12 primeros meses de su ejecución.

A partir de este momento, los usuarios se encuentran en libertad de terminar el contrato sin las consecuencias económicas derivadas de la suscripción de la cláusula de permanencia mínima.