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Alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.

Bogotá

Visto bueno a las firmas para revocar a Petro

Como resultado de la revisión de firmas, la Registraduría pudo establecer que de los 630.623 apoyos presentados, 357.250 resultaron válidos.

7 de junio de 2013

La iniciativa de revocatoria de mandato del alcalde de Bogotá, Gustavo Francisco Petro Urrego, radicada el pasado 18 de abril superó el mínimo de firmas requerido para convocar a las urnas, luego de la revisión realizada por la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional.

Como resultado de la revisión de firmas se pudo establecer que de los 630.623 apoyos presentados, 357.250 resultaron válidos. Para que la revocatoria de mandato prosperara se requerían 289.263, correspondientes al 40% de los votos obtenidos por el actual alcalde, quien ganó con 723.157  votos en las pasadas elecciones de 2011.

Los 273.373 apoyos restantes, fueron anulados por ser ilegibles, incompletos, repetidos, por pertenecer a municipios diferentes, por pérdida o suspensión de derechos políticos, o por no estar inscritos en el Archivo Nacional de Identificación, ANI, entre otras razones.

En consecuencia, los Registradores Distritales mediante Resolución 766 del 7 de junio de 2013 aprobaron la solicitud de convocatoria a elección de revocatoria del alcalde Gustavo Francisco Petro Urrego, quien llegó a la alcaldía avalado por el Movimiento Progresistas.

Contra esta resolución proceden los recursos de reposición ante los registradores distritales y el de apelación ante el Registrador Nacional del Estado Civil, Dr Carlos Ariel Sánchez Torres, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Surtido el término de los recursos de ley, si la resolución queda en firme, los Registradores Distritales procederán en un plazo máximo de dos meses a convocar a las urnas a los habitantes de Bogotá.

Para que el mandato del alcalde sea revocado se requiere que en la jornada democrática que se convoque se registre una participación equivalente al menos al 55% del total de votos válidos depositados en la elección del alcalde de 2011, y que la mitad más uno vote por el sí.

De acuerdo con la Ley 741 de 2002 que modificó el artículo 69 de la Ley 134 de 1994, la revocatoria es aprobada “por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al 55% de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario”.

En la última elección de alcalde de Bogotá, los votos válidos ascendieron a 2.244.025, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria de alcalde está en 1.234.214 sufragantes.

La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del gobernador o alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.

Con ésta ya son siete las revocatorias que en 2013 superan la etapa de revisión de firmas, para ser convocadas a urnas, luego de que las iniciativas de revocatoria de mandato de los alcaldes de Angostura, Antioquia; Achí, Bolívar;  Ponedera, Atlántico, Florencia, Caquetá, San Marcos, Sucre y Santiago, Putumayo,  cumplieran con este requisito.  De las siete revocatorias que han prosperado su primera etapa, la de Angostura, en Antioquia, será la primera en votarse en las urnas el próximo 7 de julio.

Así se hizo la revisión de firmas

El pasado 18 de abril se recibieron 630.623 firmas en 32.336 folios que se organizaron en lotes de a 200 folios, generando 162 tomos.

Sobre dichos folios se trabajó en una plataforma cuyos controles de acceso y seguridad garantizaron que las personas responsables de grabar y consultar los registros consignados ingresaran sólo a través de claves unipersonales, a través de un canal de comunicación exclusivo con el servidor de la Registraduría.

Esto permitió hacer monitoreos permanentes de cada usuario, sabiendo en qué tomo y apoyo se encuentra registrando la información en el sistema, para monitorear los hallazgos y ejercer controles en tiempo real de seguimiento.

Las firmas presentadas fueron revisadas una a una para verificar que los datos estuvieran completos, que no existieran firmas repetidas, que todos los apoyos correspondieran al censo electoral de Bogotá D.C. y se realizó un análisis grafológico para comprobar que no existieran “planas” o conjuntos de firmas suscritas por un mismo ciudadano, entre otros aspectos.

Así mismo, las firmas entregadas debían haber sido diligenciadas en el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato, el cual se encuentra disponible en la página web www.registraduria.gov.co.

El formulario debe incluir un encabezado en cada uno de los folios, que describa los fundamentos de la convocatoria a la revocatoria de mandato, por insatisfacción general de la ciudadanía o por el incumplimiento del programa de gobierno, para que el ciudadano tenga pleno conocimiento de las razones por la cuales firma como apoyo.

Además debe contener casillas para que los ciudadanos de su puño y letra, diligencien los datos de fecha, nombres y apellidos completos, número de cédula, dirección y firma.

Una vez terminada la revisión, personal de la Registraduría adelantó proceso de auditoría para establecer si la revisión estaba ajustada. Esta auditoria se realiza frente a una muestra estadística y si se observa que hay inconsistencias se corrigen para garantizar transparencia.

Cada uno de los 162 tomos están contenidos en sobres debidamente rotulados, que indican la hoja de ruta por la que han pasado durante las 12 etapas de revisión, la cual comprende desde el alistamiento del material recibido hasta la entrega de resultados.

En la hoja de ruta se evidencia quién y cuándo realizó cada etapa particular dentro de la revisión de apoyos y de esa manera cada lote o tomo incluye como producto final los siguientes reportes: registro detallado de cada uno de los folios producidos por el usuario que grabó la información; reporte de revisión por muestreo de la grabación, reporte de grafología y reporte de grafología aleatorio, con los nombres de quienes intervinieron en cada grupo de firmas.

Es decir que cada folio fue rigurosamente inspeccionado y sometido a una digitalización para asegurar la integridad y seguridad de las firmas a revisar.

El proceso de revisión de las firmas estuvo acompañado por funcionarios de la Procuraduría General de la Nación, quienes durante su labor realizaron varias sugerencias las cuales fueron atendidas por la Registraduría para garantizar transparencia al proceso.