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Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas. | Foto: ALEJANDRO ACOSTA

Judicial

Minhacienda se defiende

Frente a la orden de arresto por el desacato de tutelas, el ministerio explica las razones por las cuales no se procedió a cancelar los recursos y que está ejerciendo su defensa.

30 de julio de 2013

El 21 de septiembre de 2001, la Superintendencia Nacional de Salud ordenó el cierre del Hospital San Juan de Dios por crisis financiera que generó el retraso en el pago de salarios, prestaciones y pensiones de jubilación a su cargo.

Como consecuencia, algunos de los exfuncionarios presentaron acciones de tutela con el objetivo de obtener el pago de los salarios y prestaciones que les adeudaba el Hospital al momento del cierre, petición que en algunos casos fue concedida.

Entre los años 2006 y 2008 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público giró $90 mil millones a la Beneficencia de Cundinamarca, para solucionar la problemática laboral y pensional de la Fundación San Juan de Dios en Liquidación y sus dos establecimientos hospitalarios: Hospital San Juan de Dios e Instituto Materno Infantil.

De acuerdo con la el ministerio de finanzas públicas, el Ministerio procedió al pago de salarios y prestaciones adeudados a exfuncionarios hasta octubre de 2001, un mes después de la fecha de cierre del hospital.


En el año 2009 el juez de tutela evaluó el cumplimiento de las sentencias de tutela y declaró caso por caso que las mismas estaban efectivamente cumplidas, sin embargo este año, algunos exfuncionarios solicitaron la apertura del incidente de desacato, con el fin de que se les cancelen salarios y prestaciones sociales desde el cierre del Hospital hasta el año de emisión de la sentencia de tutela, es decir, 2008.

A raíz de esta última medida el Consejo Seccional de la Judicatura profirió un pronunciamiento en el cual impone sanción al Ministro de Hacienda y Crédito Público en orden a que se paguen a los exfuncionarios salarios y prestaciones por el período comprendido entre la fecha de cierre del hospital y la fecha de emisión de la sentencia de tutela que amparó sus derechos en el año 2008.

Según el ministro, la orden no establece medida de detención en firme ya que ésta depende de la culminación del proceso, decisión que le corresponde al Consejo Superior de la Judicatura.

Para Mauricio Cárdenas, los pagos posteriores a 2001 no son procedentes, en la medida en que no cuentan con causa, pues durante ese período los exfuncionarios no prestaron servicios al Hospital San Juan de Dios por encontrarse este cerrado. Asegura que en total ha destinado más de $190 mil millones en total para pagar el pasivo salarial, prestacional y pensional.

Actualmente, el ministerio está ejerciendo la defensa correspondiente ante el Consejo Superior de la Judicatura, quien tramita la sanción en primera instancia por el Consejo Seccional, solicitando la apertura de debate probatorio con el fin de que se demuestre la fecha de finalización de las relaciones de trabajo de los exfuncionarios.