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Propietarios que vendan sus predios recibirán el dinero equivalente al avalúo comercial. | Foto: Se Vende

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$171.000 millones pagaría el IDU por la compra de predios para el Metro

Propietarios que se rehúsen a vender serían expropiados. En entrevista a Dinero la directora técnica de predios del IDU aclaró el protocolo de esta adquisición y los derechos que tendrán los dueños y arrendatarios.

4 de agosto de 2017

El pasado 22 de junio la empresa Metro de Bogotá anunció el inicio del proceso de adquisición de predios para la realización de este proyecto de movilidad que se proyecta inaugurar para el año 2022.

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En dicho anunció también se conoció que la ejecución del Metro de Bogotá es una prioridad al ser declarado un bien de interés social, por lo que el mecanismo de expropiación para los propietarios que se rehúsen a vender su predio será empleado.

Anticipando un escenario donde la expropiación se realice, y con ánimos de entender el protocolo de este proceso de adquisición, así como los derechos que tienen los propietarios y arrendatarios cuyos predios se ubican en los lugares por donde pasará el Metro, Dinero entrevistó a la directora técnica de predios del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), María del Pilar Grajales, para abordar el tema.

“El IDU está encargado por la empresa Metro, hasta el momento, para comprar los predios de las curvas”, señaló Grajales al hablar de la facultad que tiene dicha entidad para la adquisición de los predios en esta primera etapa de compra.

Esta es la ubicación de las curvas que referencia la funcionaria:

  1. Cruce de la Avenida Villavicencio con Avenida Primero de Mayo
  2. Intersección de la Avenida Primero de Mayo y Avenida Boyacá
  3. Intersección Avenida NQS y Avenida Fucha
  4. Intersección Avenida Hortúa y Avenida Caracas

“Las curvas son todos aquellos predios impactados por los giros que hace el metro en ciertos espacios”, aclaró Grajales quien añadió que la adquisición de estos terrenos permite que el Metro Avance desde el Portal de las Américas hasta la calle 72.

Según datos revelados por esta funcionaria, se estima que cerca de 129 predios se tengan que adquirir para dicho propósito, destinando para la compra $171.000 millones, “cifra que puede variar al ser un costo proyectado. No es que se tenga un avalúo en la mano”, señaló Grajales.

¿Cuánto pagará el IDU por estos predios?

Grajales dio el que parece ser un mensaje alentador para los propietarios y arrendatarios que actualmente ocupan estos predios, ya que el valor que se definirá para la realización de la compra se hará de acuerdo a un avalúo comercial y no catastral, es decir, el valor agregado de la propiedad que va más allá del precio mismo del terreno.

“En el avalúo comercial figura el avalúo del terreno, la construcción, del lucro cesante y el daño emergente”, explicó Grajales al añadir que siempre este avalúo comercial será superior al catastral, por lo menos en un 30%.

Para el caso del lucro cesante, es decir cuando el propietario deriva del predio una actividad económica, por ejemplo el arrendamiento, el IDU se compromete pagar a este poseedor la cantidad de dinero equivalente a 6 meses.

“Con todo esto buscamos restablecer las condiciones, que quede en similares, ojalá mejores condiciones a las que tenía antes de la compra”, concluyó Grajales.

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Si se habla de daño emergente, todos los perjuicios que pueda provocar la venta del inmueble como por ejemplo el costo de la desconexión de servicios públicos, trámites de notariado y registro, trasteo, y si es el caso el arrendamiento de una bodega para guardar las cosas mientras consigue un nuevo local comercial, o la adecuación del nuevo lugar para la realización de determinada actividad económica, el IDU también se compromete a pagar esos gastos.

“Pongo el caso de una unidad económica que por ejemplo tiene unas poleas o un ascensor o una persona en condición de discapacidad que tiene que volver a adecuar su predio, eso se lo pagamos por daño emergente”, explicó Grajales.

Según previsiones, el Metro comenzaría a operar para el año 2022

Esta funcionaria destaca además que para los arrendatarios u otras formas de tenencia distintas a los propietarios, también se empleará un plan de gestión social que permitirá que la entidad también pague a ellos gastos como trasteo y 3 meses de arrendamiento entre otros beneficios.

¿Qué pasará con los que no quieran vender?

La norma señala que los propietarios que se rehúsen a vender sus predios serán expropiados de los mismos, no obstante Grajales asegura que no siempre la expropiación se emplea porque los poseedores no quieran enajenar su predio sino por otras razones.

“Muchas veces las personas no venden sus predios no porque no quieran sino porque no pueden, porque tienen una sucesión ilíquida y no tienen la plata para hacerla, o porque pesa sobre el bien una hipoteca entonces les toca irse a expropiación”, explica Grajales quien añade que a los expropiados también se les pagará un avalúo comercial y no catastral.

El perjuicio que se genera para estas personas, según lo explicado por la funcionaria es que las personas cuyo predio pasa a expropiación les pueden gravar sus ingresos por ganancia ocasional lo que podría equivaler al 2,5% por renta y 20% por lucro cesante.

“Otra cosa que tienen los que se van por expropiación, aparte que no le pagamos gastos de escrituración, es que si la expropiación se da a causa de los arrendatarios que no se quisieron ir o no están a paz y salvo, no hay una compensación por esto”, afirmó la funcionaria quien añadió que si una vez paga la expropiación, la persona no quiere entregar el predio, pueden acudir a los inspectores de policía para que la entrega se realice.

¿Cómo van las negociaciones?

Hasta la fecha se han llevado a cabo 3 reuniones en los diferentes sectores con los propietarios en las cuales se ha informado las acciones que se realizarán para la ejecución del Metro de Bogotá.

“Ya estamos haciendo los registros topográficos, este es un punto muy importante porque es la medida del predio, y vamos a empezar los censos socioeconómicos, tanto de propietarios como de todas las personas que habitan o ejercen actividad económica en el predio para hacer todo el plan de gestión social de toda la población”, dijo Grajales sobre el cronograma de actividades que han venido adelantando.

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La funcionaria agrega que luego de lo anterior se pedirá los avalúos a Catastro Distrital y una vez se tengan se comenzarán a realizar las ofertas de compra. Destaca que estas se realizarán en medio de un ‘acto solemne’ en el cual un equipo especializado abordará a la población que los orientarán y mostrarán la oferta para desplazarse, “después las personas tendrán 30 días hábiles para decir si aceptan o no, si al día 31 no se han pronunciado se expide la expropiación”, concluyó Grajales.