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Alejandro Gaviria, ministro de Salud.

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Aciertos y desaciertos de la reforma a la salud

Estos son algunos aspectos clave que contempla la ley estatutaria de la reforma a la salud, cuya entrada en vigencia está pendiente de la sanción del Presidente de la República, Juan Manuel Santos.

5 de septiembre de 2014

A finales de mayo la Corte Constitucional la declaró exequible pero, en palabras de Laura Wills-Otero, directora de Congreso Visible “aunque se aprobó una ley estatutaria que reitera el derecho fundamental a la salud, no fue posible sacar adelante una ley ordinaria que defina los parámetros de acción para los agentes privados y el Estado”.


De acuerdo con Ramiro Guerrero, director de Proesa, Centro de Estudios en Protección Social y Economía de la Salud, la Ley Estatutaria contempla tres ejes centrales que deben balancearse dentro del sistema: el acceso, la equidad y la sostenibilidad fiscal.

El gobierno afirma que con la nueva ley se cambiará la prestación del servicio porque mejorará el acceso a los servicios de salud, se tendrá mayor claridad sobre el alcance de la protección al derecho.
Además, eliminará algunas barreras administrativas tales como las autorizaciones para servicios de urgencias, se fortalecerá el control de precios a medicamentos y creará un nuevo marco general de protección del derecho fundamental a la salud que impactará de manera positiva las reformas y futuros cambios del sistema.

Sin embargo, hay un tema central que aparece superficialmente en la ley y que es fundamental porque con ello es con lo que tienen que lidiar en el día a día los pacientes: la calidad. Si bien es cierto que el acceso es un gran avance en materia de salud y ubica inclusive a Colombia mejor que a Estados Unidos, donde hay 40 millones de personas sin afiliación a un sistema de salud, la calidad también tiene que ser garantizada.

Al respecto Ramiro Guerrero señala que durante muchos años en Colombia la preocupación principal era la afiliación y eso tardó 15 años en lograrse. “Ahora ya estamos en un contexto de afiliación universal y es la obsesión, después va a ser la calidad. Lo más inteligente que puede hacer el país es empezar a preocuparse por la calidad desde ahora, aunque es un asunto difícil de medir y yo creo que por eso no se habla tanto de ello. Hay experiencias internacionales exitosas de medición, así sean parciales de la calidad, y es urgente incorporar en el discurso y visibilizar mucho más este tema”.

La visión médica
Para el presidente de la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, .Asociación Colombiana de Facultades de Medicina (Ascofame), Ricardo Rozo, si estuviera en sus manos hacerle cambios al sistema de salud a través de la ley estatutaria crearía los mecanismos para que la autonomía médica no se perdiese, así como los mecanismos para que los márgenes de utilidad no atenten contra el derecho fundamental a la salud y además, que hubiera una responsabilidad compartida entre los actores: médicos, pacientes, familias, medios de comunicación, jueces, legisladores y cortes. “La crisis en la salud solo se va a solucionar con esa responsabilidad compartida”, concluye.

Logro importante
Otro de los temas que se logró incluir en la Ley tiene que ver con la protección a las personas que padecen enfermedades raras en Colombia y que según cálculos de Ángela Chaves Restrepo, presidente de la Federación Colombiana de Enfermedades Raras, hay cerca de 800.000 enfermos en el país.

La directivo asegura que la ley estatutaria podría ser un logro de gran impacto. “Cuando sea sancionada, pasamos de ser unas enfermedades de especial interés a ser sujetos de especial protección. Eso significa que los afectados con enfermedades raras gozarán de privilegios no solo para el acceso a la salud, sino también a otros tipos de protección social que se les puede brindar”.

El segundo logro de la ley está en el Artículo 15 el cual hace referencia a las exclusiones. La Corte Constitucional avaló la definición de límites al derecho fundamental a la salud por medio de este mecanismo que busca evitar que los recursos del sistema de salud financien servicios y tecnologías que tengan un fin primordialmente cosmético o suntuario, carezcan de evidencia sobre su seguridad, eficacia y efectividad clínica, no estén autorizados para su uso en el país, sean experimentales o tengan que ser prestados en el exterior. Sin embargo, estas exclusiones no aplicarán para los pacientes de enfermedades raras.

Al mes, en promedio, el valor de un tratamiento para una enfermedad rara que no requiera tratamiento de alto costo o de terapia avanzada oscila entre los $8 y $15 millones. Por su parte, las patologías que necesitan terapias innovadoras, medicamentos biotecnológicos y trasplantes de médula, pueden llegar hasta los $500 millones a $700 millones al año.

Cifras claves
• El gasto total per cápita en salud en Colombia al año es de US$723, en Chile de US$1.606 y en Estados Unidos de US$8.895.
• El 75% del gasto total de salud en Colombia es financiado por el Gobierno.