Home

País

Artículo

Rafael Pardo, Ministro de Trabajo.

Trabajo

Trabajadores por días tendrían pensión

La liquidación al pago de seguridad social de las personas que trabajan por días es mínimo de una semana, no hay esquema por días u horas.

4 de enero de 2014

Con el nuevo régimen que empezó a regir en Colombia, los trabajadores del servicio doméstico, jardineros, jornaleros, meseros, personas que atienden bares o apoyan al comercio, y que trabajan por días, deben ser afiliados a Seguridad Social y pueden sumar semanas para acceder a una pensión más adelante.

Así lo precisó el Ministro del Trabajo encargado y viceministro de Empleo y Pensiones, Juan Carlos Cortés González, al tiempo que invitó a los empleadores a hacer los aportes de las personas que los apoyan en las diferentes actividades. “El gran mensaje es que trabajar formal paga y es una medida que le conviene a los empleadores y a los trabajadores”, agregó.

La disposición la hace el Gobierno mediante la expedición del Decreto 2616, para facilitar la cotización para trabajadores dependientes que laboren menos de un mes y ganen menos de un salario mínimo.

“Consiste en que estos trabajadores pueden y deben ser afiliados a los sistemas de pensiones, riesgos laborales y Cajas de Compensación, permitiéndoles que entren a disfrutar de las prestaciones de estos sistemas pagando en proporción al número de días trabajados. A la par que continúen en el Régimen Subsidiado de salud”, señaló Cortés González.

“Este nuevo sistema, es una medida revolucionaria porque abre el camino para el cumplimiento de la ley y promueve la formalización laboral y la protección social de todos los trabajadores a tiempo parcial”, dijo.

Igualmente, permite que este tipo de trabajadores goce de los beneficios que ofrecen las Cajas de Compensación familiar y hagan uso de sus servicios, al igual que reciban la atención oportuna y especializada si tienen un accidente de trabajo.

“Además van a jugársela a cotizar para pensiones, al ir sumando semanas de cotización de acuerdo al tiempo que trabajen y teniendo en cuenta que podrán trabajar para varios empleadores.

DATO

Si una persona es contratada por 4 días al mes, se pagará aportes a Seguridad Social por una semana. Si trabaja entre 7 y 15 días, el pago se hace por dos semanas. Si presta su servicio entre 15 y 21 días el aporte será por 3 semanas y de 21 días en adelante, el pago deberá hacerse teniendo como referencia un salario mínimo legal vigente.