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El Humedal Las Mercedes sufrió un fuerte impacto ambiental por material de excavación arrojado. | Foto: Archivo Semana

Ambiente

Multan a la ANI por daño en humedal

La Anla multó con $2.548 millones a la ANI, por afectar con material de excavación el humedal “Las Mercedes” durante la construcción de la vía Cajicá-Zipaquirá en desarrolló del proyecto Desarrollo vial del Norte de Bogotá.

9 de abril de 2014

Dinero conoció que a Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, Anla, multó con $2.548 millones a la Agencia Nacional de Infraestructura, ANI, anteriormente Instituto Nacional de Concesiones, INCO, por la contaminación del humedal Las Mercedes durante la construcción de la vía Cajicá-Zipaquirá.

La investigación surge después de que el 9 de septiembre de 2010se visitara el humedal ubicado en el predio La Merced en el sector conocido como Brinsa, contiguo ala vía Cajicá - Zipaquirá. Allí se inspeccionó dicho lugar debido a una notificación en la que se indica que en el humedal mencionado se realizó la disposición de material proveniente de las obras de excavación de la vía a cargo del INCO.

Durante el recorrido por el humedal se observó que la disposición de dicho material, fragmentó el ecosistema, dividiéndolo y dificultando la comunicación con el Río Bogotá modificando drásticamente su funcionamiento.

La licencia ambiental para el desarrollo de dicho proyecto fue otorgada inicialmente al Instituto Nacional de Vías, Invías, pero con la aparición de nuevos jugadores fue trasladada al Inco, hoy ANI.

Con respecto a la importancia del humedal para el municipio de Cajicá la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca señaló que “El humedal existente en el predio denominado Las Mercedes se constituye en un ecosistema estratégico de importancia para el municipio de Cajicá, ya que ha cumplido a través del tiempo algunas funciones como control de inundaciones, manejo de agua lluvias, establecimiento de hábitats de flora y fauna, entre otros, razón por la cual debe ser objeto de conservación y protección por parte del municipio de propietarios de predios aledaños al mismo. Es de mencionar que este humedal hace parte del drenaje hídrico en el sector, ya que las aguas almacenadas en el mismo se comunican con la fuente hídrica denominada Río Bogotá”.

Así mismo la zona afectada por el material de construcción es considerada según la CAR de Cundinamarca como un espacio de protección dada la existencia de aves en peligro de extinción ”se observaron varias especies de fauna, principalmente aves (algunas se encuentran en los listados de prioridad de conservación y de riesgo de extinción) lo cual indica que puede ser considerado como una zona AICAS (área de importancia para la conservación de aves)”.

La Anla determinó que la disposición de material de excavación proveniente de la construcción de la vía Cajicá - Zipaquirá a cargo del INCO sobre el humedal ubicado en el predio Las Mercedes, va en contravía total de la normatividad ambiental, dado que las actividades se efectuaron en abierto desconocimiento del PMA de la Licencia Ambiental del proyecto, por lo tanto la afectación al bien de protección representa una desviación estándar fijado por la norma igual o superior o al 100%.

Por tal motivo, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI deberá dar cumplimiento a la medida de compensación consistente en la presentación de un Plan de Restauración del humedal, para aprobación de la Anla, en el término de un mes. Dicho Plan de Restauración deberá contener los siguientes aspectos:

1. Concertar el Plan de Restauración con la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR

2, Oficializar dicha concertación mediante un oficio dirigido a esta autoridad

3. Deberá contener como mínimo los siguientes aspectos técnicos:

a) Retiro del material depositado hasta encontrar el sustrato natural

b) Constancia de su entrega a una escombrera autorizada por la CAR

c) Cercado perimetral (con alambre de púas a tres filas) del humedal para garantizar su protección ante potenciales intervenciones futuras

d) El cercado deberá consultar la delimitación establecida por la CAR

e) Aislamiento con cerca viva interna a la cerca de alambre de púas, con mínimo cinco (5) especies andinas, nativas silvestres en mezcla proporcional (20% c/u).

f) El material vegetal no podrá tener altura inferior a 50 cm, la distancia máxima de siembra de será de tres (3 m), y deberán incluirse especies de porte variable garantizando una barrera al menos bi —estrata.

g) Se deberán incluir especies que presenten flores y frutos atractivos para insectos y aves, con el fin de mejorar las condiciones ecológicas del entorno.

h) Deberá incluir un plan de mantenimiento con podas de altura y formación, plateos fertilización y reposición a mínimo 3 años y garantizando 100% de prendimiento al final del tercer año

i) Especialización y georeferenciación en escala 1.500

j) Monitoreo anual del avance de la sucesión vegetal afectada por el relleno, con énfasis m Thypa dominguensis (Enea)

k) Las actividades deberán ser recibidas formalmente por la CAR