El traslape de las Autoridades de Competencia ¡Ah Gazapera!

30 de julio de 2007

Recientemente ha vuelto a surgir el debate acerca de la eventual creación de una autoridad única de la competencia. En concreto, esta revista en su pasada edición, presentó las posiciones de uno y otro lado.

Permítaseme terciar en el debate. La verdad no creo en la proliferación de autoridades de competencia en un mismo país. Ello conduce a la disparidad de criterios y por supuesto a la inseguridad jurídica en una materia en donde la certeza legal debe ser rotunda. De hecho estudios de la OCDE señalan la inconveniencia de mezclar las autoridades de la competencia con entes reguladores.

De otra parte, piénsese no más en todos los conceptos técnicos que hay que definir en una investigación: Mercado relevante, productos sustitutos, contestabilidad, índice de concentración, paralelismo consciente, “Gun Jumping”, etc

Quien va a unificar la interpretación y la forma como se apliquen estos criterios entre las diferentes autoridades?

Es de suponer fácilmente que de no existir una autoridad única vamos a tener que lidiar con una verdadera torre de babel.

Claro está que el hecho de que se conciba una autoridad única, no quiere decir que dentro de esa misma autoridad no puedan existir áreas especializadas en cada sector, así por ejemplo, podría pensarse en una comisión compuesta de diversas salas.

De otra parte la multiplicidad de autoridades, puede llevar a plantear insolubles conflictos acerca de quien es la Superintendente competente para conocer de un asunto específico - ¡Casos se han visto! - y a la incertidumbre entre los administrados, en relación con la autoridad a la que deben dirigirse.

No en vano, en los sistemas serios que han regido el nacimiento y desarrollo de la política de competencia ( EEUU y Europa) no existen diversas autoridades que se encarguen de conocer y reprimir las infracciones , según el sector.

La ley de competencia y los principios que la inspiran son de compleja aplicación, lo que indudablemente supone que la autoridad encargada de velar por su cumplimiento sea un órgano especializado en competencia y que ojalá tenga canales formales de comunicación con las agencias de competencia de otros países, pues en la coyuntura actual, las practicas anticompetitivas, tienen con frecuencia origen y efectos transfronterizos.

Así, no se concibe a diversas autoridades de la competencia ejecutando acuerdos de “positive commity” o de intercambio de evidencias e información con las agencias de otros estados.

Aquí la voz debe ser una sola.

Lo que se ve en los sistemas que constituyen punto de referencia obligado es, a lo sumo, una autoridad que investiga y otra que decide y sanciona.

Obviamente cuando se plantean este tipo de reformas, pueden generarse celos institucionales que es necesario superar por el bien del país.

Por último es importante también reflexionar sobre un tema que reviste una inusitada gravedad, cual es la perversa figura que se coló en el acto legislativo # 1 de 2007, y en virtud de la cual se consagra le atribuye al congreso el poder de vetar a los superintendentes. Ojala y sinceramente esperamos que ello no conduzca a la zozobra en la inversión e iniciativa privada que tanto necesita el país.

No queremos imaginarnos cuales van a ser las presiones de las que van a ser objeto los superintendentes en épocas de campaña.

Y es que de ninguna manera puede convertirse, la ley de competencia, en un instrumento electorero. Si aun sin existir derecho de veto, en el pasado reciente los honorables congresistas han ejercido inadmisibles presiones y tratado de interferir en decisiones que debieran adoptarse en derecho, no queremos imaginarnos lo que ahora nos espera.

Saludamos la iniciativa para crear una autoridad única y esperamos que la oportunidad se aproveche para procurar además, la independencia que la autoridad de la competencia requiere.

 

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1. véase” Retos Institucionales Para la Promoción de la Competencia- Segunda reunión del Foro de Competencia de América Latina- BID-OCDE. 
 


*Socio Zuleta & Partners Legal Group.
Miembro del Centro de Estudios De Derecho de la Competencia de la Pontificia Universidad Javeriana – CEDEC.