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Pensiones II

Según fuentes cercanas a la Corte, al interior del alto tribunal está ganando espacio la siguiente tesis: en Colombia, las pensiones son un derecho adquirido, en consecuencia nadie puede poner en tela de juicio la mesada de una persona. Sin embargo, el monto de las pensiones no es un derecho adquirido y tiene que ser definido con base en las leyes vigentes. Eso significaría que es posible recalcular las mesadas que hayan sido liquidadas de manera equivocada. Entre los magistrados, los congresistas y otros altos funcionarios públicos hay preocupación por esta versión.

12 de marzo de 2012

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