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En total regirán 6 tarifas para parqueaderos en la ciudad, que van de $35 a $87 por minuto con el IVA incluido.

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Parqueaderos pagarán multa por $33,9 millones por falta de información

La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a las empresas, Aparcar, City Parking y Parking Internacional con $11,3 millones a cada una por no suministrar la información suficiente acerca sus tarifas.

1 de junio de 2010

El organismo reveló que aproximadamente 17 parqueaderos en La Capital violaban el estatuto de Protección al Consumidor al no incluir el IVA. Infracción que está expresamente prohibida en el Estatuto de Protección al Consumidor, específicamente en el artículo 14 del Decreto 3466 de 1982.

Las tres firmas promocionaban sus servicios usando el esquema conocido como ‘X + IVA’. Estas indicaban una suma diferente al precio total, la cual no adicionaba el valor del impuesto. Esto constituye falta de suficiencia en la información, pues el precio del bien debe ser aquel que incluya todos los cargos posibles, puesto que de ahí parte la valoración que el consumidor hace para tomar o dejar la oferta.


Esta sanción es consecuente con otros pronunciamientos emitidos por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en los que ha expresado que cuando en la propaganda comercial se señala un precio sin que el mismo incluya el impuesto sobre las ventas, se cuestiona la suficiencia de la información dada.

En las resoluciones de sanciones, la Superintendencia recuerda que es deber de todos los productores o comercializadores de bienes y servicios anunciar el valor total de los mismos. Con el fin de no asignarle al consumidor la tarea de realizar operaciones matemáticos para que éste concluya cuál es el precio final, pues estos cálculos le corresponden al oferente del bien o servicio.

En este caso específico, la SIC fue enfática al afirmar que la conducta seguida por los sancionados viola las normas que protegen al consumidor sobre la forma en que se le debe anunciar el precio del servicio que adquiere. De ahí que se indujera a error al consumidor final.


Por otro lado, la SIC deja en claro que esta sanción no se da por el valor cobrado por las firmas, pues este tipo de investigación le corresponde a la Alcaldía Mayor de Bogotá y a sus alcaldías locales, sino por la forma como se expuso el precio.