El principal accionista de Interbolsa, Víctor Maldonado Rodríguez.

Caso Interbolsa

Toman control de empresas de accionista de Interbolsa

A partir del sometimiento a control se prohíben traspasos de bienes u operaciones que no correspondan al giro ordinario de los negocios así como la constitución de gravámenes que recaigan sobre bienes propios de la sociedad.

3 de mayo de 2013

La Superintendencia de Sociedades sometió a control a las sociedades comerciales Malta S.A., Las Tres Palmas Ltda. y Helados Modernos de Colombia S.A., vinculadas al empresario Víctor Benjamín Maldonado Rodríguez.

La medida se tomó al evidenciar que las sociedades en mención no contaban con estados financieros certificados a 31 de diciembre de 2012. No obstante lo anterior, los revisores fiscales suministraron a la Superintendencia de Sociedades balances de prueba a 31 de diciembre de 2012 respecto de los cuales se pudo determinar que en la cuenta del disponible existía una subcuenta denominada “Caja Interbolsa”.

Dichos registros correspondían a cuentas corrientes abiertas en 2007 a través de las cuales se realizaron operaciones de compra y venta de acciones, pagos de comisiones, pagos de IVA, se recibieron préstamos de terceros y se giraron recursos a terceros. Sin embargo, todas estas operaciones realizadas a nombre de las sociedades no se encontraban registradas en las respectivas cuentas contables.

Adicionalmente, si bien se registraron operaciones realizadas a través de la cuenta denominada “Caja Interbolsa” para los años 2008 a 2012, no se identificaron a nivel de terceros quiénes prestaron o a quiénes se les adeuda dineros de la compañías, situación que lleva a afirmar que los estados financieros certificados a 31 de diciembre de 2012 no reflejan la verdadera realidad económica de las empresas.

En las resoluciones, que admiten los recursos de ley, se advierte a los representantes legales y empleados de las sociedades que a partir del sometimiento a control se prohíbe la constitución de garantías que recaigan sobre bienes propios de la sociedad y enajenaciones de bienes u operaciones que no correspondan al giro ordinario de los negocios sin autorización previa de la Superintendencia de Sociedades.