la Sala de Revisión del Tribunal Disciplinario de AMV confirmó las sanciones impuestas en primera instancia a Alfredo Ramos Bermúdez, José Rafael Saravia Pinilla y Jorge Mauricio Infante Niño. | Foto: Archivo Semana.

Sanciones

Más multas contra ex directivos de Interbolsa

El Tribunal Disciplinario de AMV impuso sanciones de suspensión y multa a cuatro ex miembros de la Junta Directiva de Interbolsa S.A. Comisionista de Bolsa, hoy en liquidación

9 de octubre de 2014

Mediante las Resoluciones Nos. 17, 18 y 19 de 30 de septiembre de 2014, la Sala de Revisión del Tribunal Disciplinario de AMV confirmó las sanciones impuestas en primera instancia a Alfredo Ramos Bermúdez, José Rafael Saravia Pinilla y Jorge Mauricio Infante Niño, consistentes en suspensión del mercado de valores por el término de tres años y multa de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, tras hallarlos responsables del desconocimiento de los deberes profesionales de diligencia y lealtad.

Para la Sala de Revisión, los investigados conocieron que en Interbolsa S.C.B. existía un conjunto de clientes internamente denominado 'Grupo Corridori', cuyos integrantes realizaron abundantes operaciones repo sobre la acción de Fabricato. Encontró que la Junta Directiva de dicha firma comisionista autorizó la aprobación de cuantiosos cupos para celebrar ese tipo de transacciones, sin atender el Manual de Riesgo de Crédito de la comisionista, las advertencias del Área de Riesgos y el cuestionable historial crediticio que aquellos tenían, reflejado en los saldos a cargo y en los sobregiros que en diferentes ocasiones presentaron.

Añadió que durante las reuniones de la Junta Directiva que se llevaron a cabo entre junio de 2011 y noviembre de 2012, los investigados se enteraron de las graves señales de crisis que afrontaba Interbolsa S.C.B. debido a la concentración de operaciones repo sobre la acción de Fabricato y, pese a las consecuencias que dicha situación aparejaba, no desplegaron actuaciones oportunas e idóneas que permitieran prevenir o mitigar los riesgos de liquidez y de incumplimiento que se avecinaban por la incapacidad patrimonial de los integrantes del mencionado Grupo para responder por las operaciones repo, en contravía de la diligencia exigible a un profesional del mercado de valores.

Así mismo, la sala sostuvo que los investigados violaron el deber de lealtad, en tanto que su proceder no fue íntegro y franco frente a los clientes fondeadores activos de buena fe, ni actuaron con la probidad y rectitud que se espera de los sujetos de autorregulación.

De otro lado, a través de la Resolución No. 20 de la misma fecha, se confirmó en segunda instancia la suspensión del mercado de valores por el término de 3 años, que la Sala de Decisión impuso a Álvaro Andrés Cámaro Suárez, aunque, en su caso, la sanción pecuniaria se incrementó a 50 S.M.L.M.V.

En dicha actuación, además de la violación de los deberes de diligencia y lealtad, también se encontró acreditada la vulneración de las normas relativas al manejo de los conflictos de interés, en la medida en que como miembro del Comité de Riesgos de la comisionista, el disciplinado favoreció a los clientes del 'Grupo Corridori', en desmedro no sólo de la transparencia del mercado, sino también de los intereses de los clientes de la firma que actuaban como fondeadores activos de las operaciones repo sobre la acción de Fabricato. Todo ello, mientras la comisionista reportaba significativos ingresos por cuenta de las operaciones repo sobre la aludida especie, cuyo nivel de concentración llegó a niveles excepcionales.