María Mercedes Cuéllar, presidenta de Asobancaria. | Foto: Semana

Banca

Asobancaria "no ve" la letra legible en los contratos

La entidad ve reiterativo e inconveniente el proyecto de ley que busca profundizar la protección del consumidor, al definir que el tamaño mínimo de la letra de los contratos debe ser mínimo de tres milímetros.

17 de octubre de 2012

La iniciativa estipula que el tamaño mínimo de la letra de los contratos de adhesión de servicios financieros que se formalicen por escrito debe ser de 3 milímetros y prohíbe la remisión o llamadas en asteriscos a otros textos o reglamentos no incluidos literalmente en ellos.

El Congreso de la República adelanta el trámite del proyecto de ley enmarcado en la promoción y protección de los derechos de los consumidores, que durante el trámite legislativo, dicho proyecto se ha venido restringiendo exclusivamente al sector financiero.

Según un comunicado de Asobancaria, la iniciativa ha sufrido varias modificaciones; entre las que se destaca la restricción de su ámbito de aplicación exclusivamente al sector financiero. Y tal como ha quedado aprobada hasta el momento, generaría inconvenientes y costos adicionales en la operación bancaria.

“El proyecto es reiterativo de la regulación actual porque la legislación financiera se ha manifestado en varias oportunidades en concordancia con el objetivo que persigue el proyecto de ley. Esto es, proteger los derechos de los consumidores financieros. La regulación ha sido exhaustiva en este sentido y en el de garantizar que éstos cuenten con información adecuada y suficiente”, señala la asociación.

Y alegan que son numerosas las disposiciones que prohíben la utilización de cláusulas y prácticas abusivas en los contratos de adhesión, pues regulan el contenido de la información que se debe suministrar al consumidor antes, durante y después de finalizada la relación contractual y que obligan a utilizar una letra legible en los contratos; entre otros aspectos.

Además la presidenta de Asobancaria, Maria Mercedes Cuellar, resaltó que es inconveniente porque, al especificar el tamaño de la letra en los contratos de adhesión de servicios financieros que se formalicen por escrito debe ser de 3 milímetros como mínimo, impone una restricción que podría ir en contravía del principio de igualdad consagrado en la Constitución Política, en la medida en que ésta prohíbe establecer excepciones, diferencias o distinciones injustificadas para ciertos sectores.

“Si bien la naturaleza de la actividad financiera es de interés público y, por tanto, la autonomía del sector financiero no es absoluta, la imposición de tal restricción resulta excesiva; más aún teniendo en cuenta que, por ejemplo, el tamaño promedio de la letra que se utiliza en los textos del periódico El Tiempo y en la Gaceta del Congreso de la República es de 2 milímetros”, resaltó Cuéllar.

La entidad también afirmó que inconveniente prohibir que los contratos incluyan remisiones a otros textos o reglamentos no consagrados literalmente en ellos. En el caso específico de los contratos bancarios, es usual que se haga referencia a la regulación civil o comercial al celebrarse un contrato de cuenta corriente, crédito documentario, mutuo, depósito o prenda.

“De aprobarse este proyecto de ley, los contratos se convertirían en textos complejos y de difícil entendimiento, toda vez que se dejaría de lado lo esencial y fundamental para dar paso a reglamentaciones o disposiciones que bien pueden ser conocidas por diversos medios; máxime hoy en día cuando la tecnología ofrece un mundo digital que, a su vez, ha despertado una conciencia generalizada en torno al ahorro de recursos naturales y a la “cultura de cero papel””, aseguró Asobancaria por medio de un comunicado.