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SIC sanciona a Empresa de Acueducto de Bogotá por $20.000 millones

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a la empresa distrital por abusar de su posición de dominio en venta de agua en bloque con la intención de excluir a un competidor en el mercado de acueducto.

20 de marzo de 2018

Este martes, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso sanciones por más de $20.000 millones a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá (EAB) por abusar de su posición de dominio en el mercado de venta agua en bloque en Bogotá.

De acuerdo con la información de la SIC, entre octubre de 2012 y junio de 2013, la EAB tenía la intención de obstruir la prestación del servicio de acueducto que Cooperativa de Servicios Públicos de Acueducto y Alcantarillado de la Parcelación El Jardín Limitada (Coopjardín) - empresa a la que la empresa de acueducto le suministra o vende agua en bloque- prestaba en la zona de Guaymaral en el norte de Bogotá. Por esta razón, la Superindustria estableció en la investigación que fue una conducta abusiva que consistió en la instalación de una platina reductora de caudal y una válvula reductora de presión en el acueducto de Coopjardín.

“La Superindustria encontró que la conducta ejecutada por la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá tuvo como finalidad, sabotear la forma como Coopjardin atendía a sus usuarios en la zona de Guaymaral al norte de Bogotá, para de esa forma generar inconformidad entre los usuarios y clientes de Coopajardín, y así quedarse con sus clientes y atender directamente ese mercado”, indicó el ente de control y vigilancia.

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Según la SIC, el abuso de posición dominante de la empresa distrital, afectó a decenas de miles de usuarios del servicio de agua potable en la zona de Guaymaral, entre los que se encuentran más de 35.000 niños y jóvenes que atienden varios colegios y universidades ubicadas en el norte de Bogotá, como miles de personas que habitan en esa parte de la ciudad.

Tras las denuncias de Coopjardín, la Superindustria decretó medidas cautelares en 2013 por medio de las cuales se le ordenó a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado y Aseo de Bogotá retirar la platina reductora de caudal y la válvula reductora de presión instaladas en el acueducto de la entidad denunciante.

Al respecto, el superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, dispuso imponer estas sanciones a la EAB y a 2 altos directivos vinculados con esta compañía:

¿Cómo empezó todo?

En 2012, la Cooperativa de Servicios Públicos de Acueducto y Alcantarillado de la Parcelación El Jardín Limitada (Coopjardín), presentó una denuncia ante la Superintendencia de Industria y Comercio, en la que manifestó que la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá, con quien había celebrado un contrato de suministro o venta de agua en bloque, estaría incurriendo en una serie de abusos o sabotajes al haber instalado, en octubre de 2012, unos dispositivos que reducían el caudal y la presión del agua recibida (platina reductora de caudal y válvula reductora de presión).

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Luego de esta denuncia, la Superintendencia de Industria y Comercio analizó el comportamiento de la empresa de acueducto, en los mercados de suministro o venta de agua en bloque y de comercialización de agua potable en Bogotá, y encontró que esta compañía diseñó e implementó una política corporativa que tenía la intención de eliminar el suministro o venta de agua en bloque en algunas partes de Bogotá y varios municipios de la Sábana de Bogotá, con el fin de entrar a participar y apropiarse de los mercados de comercialización de agua potable a usuarios finales en los que sus compradores de agua en bloque actúan como prestadores.

Además, la SIC encontró que esta empresa ostentaba posición de dominio en el mercado de suministro de agua en bloque en Bogotá y que abusó de esa condición dominante para obstruir el desarrollo de las actividades realizadas por Coopjardín en el mercado de comercialización de agua potable a usuarios finales en la zona de Guaymaral al norte de Bogotá, y discriminarla en comparación con los demás agentes que prestaban el servicio público de acueducto en la ciudad, todo con el fin de arrebatarle bajo esos métodos ilícitos su mercado.

Específicamente, la conducta irregular de la EAB se concretó mediante la instalación de una platina reductora de caudal y una válvula reductora de presión. Con esto, le suministró agua en bloque a Coopjardín en condiciones distintas de las que ofrecía a otros compradores en circunstancias normales, y obstruyó la actividad de la entidad, afectando de manera drástica las condiciones en que los usuarios finales de esta empresa recibían el agua.

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Entre los usuarios afectados por la violación del régimen de libre competencia económica en la modalidad de abuso de la posición de dominio en que se incurrió por parte de la EAB se encuentran:

Colegio Los Nogales; Liceo Católico Campestre; Colegio Bilingüe Richmond; Liceo Chicó Campestre; Soc. Educacional Saint Andrews Gimnasio Colombo Británico; Asociación Hogar Para El Niño Especial; Universidad De Ciencias Aplicadas Y Ambientales – U.D.C.A; Conjunto Quirotama; Las Azaleas Propiedad Horizontal; Urbanización Camino Los Arrayanes; Hacienda San Sebastián; La Lomita y Parcelación El Jardín.